T-429 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Andrés Mutis Vanegas
✓Claimant Jose Ignacio Sotgo Cano·Respondent Consejo Superior De La Judicatura, Sala Disciplinaria
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso Magistrado de Tribunal
- Indebida notificación quebrantó los derechos al debido proceso y a la defensa del actor
- Caso de Magistrado de Tribunal que fue sancionado y se le notificó a una antigua dirección
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Tutela contra providencia judicial.
El actor, en su condición de Magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, fue objeto de varios procesos disciplinarios adelantados por la Corporación accionada, por situaciones de morosidad que se presentaron en su despacho durante los años 2007 y anteriores, debido a un masivo ocultamiento de expedientes por parte de su Auxiliar Judicial.
En todos los procesos pudo ejercer su derecho de defensa, puesto que recibió las respectivas notificaciones en su domicilio.
La vulneración de derechos fundamentales se predica del hecho de haber recibido comunicación en donde le informaba, que dentro de un proceso del cual desconocía su existencia, se le halló responsable de la comisión de una falta disciplinaria y se le sancionó con un mes de suspensión en el ejercicio de su cargo.
Se solicita declarar la nulidad de todo lo actuado dentro de la precitada causa, de tal manera que, al rehacerse la actuación, el actor tenga la posibilidad de ejercer sus derechos como lo ha hecho en las demás actuaciones originadas en la misma situación fáctica que dio origen a este.
Se reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales que ponen fin a un proceso y se analiza el tema del derecho fundamental al debido proceso, dentro del marco de las actuaciones jurisdiccionales disciplinarias.
Se CONCEDE el amparo, se deja sin efectos el fallo disciplinario cuestionado y se ordena a la entidad demandada iniciar nuevamente el proceso a que hubiere lugar, en razón de los hechos llegados a su conocimiento y que dieron inicio a la sentencia anulada, observando durante su desarrollo los derechos fundamentales del actor al debido proceso y a la defensa.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR el fallo de segunda instancia proferido en diciembre 11 de 2013 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura (Sala Especial de Conjueces), que confirmo el dictado por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota el 18 de junio de 2013. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos al debido proceso y a la defensa del senor Jose Ignacio Soto Cano, identificado con cedula de ciudadania 19.073.270 de Bogota.
- Segundo. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS el fallo disciplinario proferido el 18 de diciembre de 2012 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura contra el actor Jose Ignacio Soto Cano. En su lugar, ORDENAR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria accionada que, si lo considera procedente, inicie nuevamente el proceso disciplinario a que hubiere lugar en razon de los hechos llegados a su conocimiento, que dieron origen a la actuacion anulada, observando durante su desarrollo los derechos fundamentales del actor al debido proceso y a la defensa, segun lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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