T-379 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Jorge Enrique Rojas Torres Vs. Iss
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No puede comprometer la continuidad del servicio de salud
- Límites a la libre escogencia de entidades que prestan el servicio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho de libre escogencia en conexidad con la dignidad humana en el ambito de la autonomia personal la libertad individual y el acceso a la seguridad social de pensionado a quien el seguro social le impide el tralado de eps a famisanar aduciendo mora inexistente en los pagos encontrándose en una situacion en que ninguna de las eps le presta los servicios de salud que requiere.
Solicita se autorice el traslado de eps.
El derecho de libre escogencia de entidades promotoras de salud.
El traslado de eps no puede comprometer la continuidad del servicio de salud.
El traslado de una eps a otra no puede suponer la suspension o interrupcion de la prestacion de los servicios medicos.
Siempre debe asegurarse su continuidad de manera que la atencion en salud no se vea interrumpida.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR la decision de segunda instancia, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota, mediante la cual se tutelo el derecho a la salud en conexidad con la vida del senor Jorge Enrique Rojas Torres y por las razones expuestas en el presente fallo CONCEDER la tutela del derecho fundamental de libre escogencia en conexidad con la dignidad humana en el ambito de la autonomia personal, la libertad individual y el de acceso a la seguridad social del senor Jorge Enrique Rojas Torres.
- SEGUNDO. ORDENAR a la EPS Seguro Social que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este fallo, si aun no lo ha hecho, proceda a aceptar el traslado y consecuente afiliacion a la EPS Famisanar del senor Jorge Enrique Rojas Torres y continue prestando los servicios medicos a aquel hasta que entre en vigencia el contrato con la EPS Famisanar.
- TERCERO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.