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Tutela ruling (T)July 23, 2015

T-377 de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

✓Claimant Rosa Elena Orozco De Campillo·Respondent Colpensiones

✓
Topic · hard data
Derecho A La Seguridad Social. Regimen Legal Que Regula La Forma En Que Deben Realizarse Los Pagos De Las Cotizaciones Por Parte De Trabajadores Dependientes E Independientes.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Seguridad Social
  • Régimen legal para determinar la forma en que habrán de realizarse los pagos de cotización para trabajador dependiente y trabajador independiente
  • Interpretación de la Ley 797 de 2003 y el Decreto 3085 de 2007 respecto al pago de aportes al sistema pensional por parte de los trabajadores independientes
Trabajador Independiente
  • Desarrollo normativo y desarrollo jurisprudencial
  • Normatividad actual Decreto 3085 de 2007
Perjuicio Irremediable
  • Criterios para determinar su configuración
Trabajador Dependiente Y Trabajador Independiente
  • Régimen legal que regula la forma en que habrán de realizarse los pagos de las cotizaciones
Trabajador Dependiente
  • Marco normativo según ley 100 de 1993
Principio In Dubio Pro Operario
  • Aplicación retrospectiva del Decreto 3085 de 2007
  • Aplicación retrospectiva del Decreto 3085 de 2007, resulta innecesaria e injustificada
7 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La actora es una mujer de 77 años de edad que considera que Colpensiones vulnera su derecho fundamental a la seguridad social, al negarse a computar en su historia laboral las cotizaciones que debió haber realizado en calidad de trabajadora independiente en el periodo comprendido entre enero de 2004 y junio de 2006 y, por no permitirle pagar el valor de los aportes que ella estima deber por dicha omisión.

Se realiza un análisis de la jurisprudencia constitucional sobre: 1º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela cuando existen mecanismos ordinarios de protección. 2º.

El derecho a la seguridad social, concepto, naturaleza y protección constitucional y, 3º.

El régimen legal que establece la forma en que las cotizaciones deben de realizarse por parte de los trabajadores dependientes e independientes.

Se CONCEDE el amparo al derecho fundamental invocado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce del mismo.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido en segunda instancia por la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia, el dieciocho (18) de noviembre de 2014, mediante la cual se confirmo la de primera instancia proferida por el Juzgado Veintiuno Administrativo de Medellin, en el tramite de la accion de tutela interpuesta por la ciudadana Rosa Elena Orozco de Campillo en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y, en su lugar, CONCEDER el amparo a su derecho fundamental a la seguridad social en los terminos previstos en el cuerpo de la providencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) que, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, proceda a dar aplicacion retrospectiva de lo dispuesto en el articulo 7 del Decreto 3085 de 2007 y, en consecuencia, liquide la deuda de la accionante en relacion con los pagos de los aportes que omitio realizar en el periodo de tiempo comprendido entre enero de 2004 y junio de 2006 (dineros que deberan incluir los intereses moratorios y el calculo actuarial que se haga de esta), de forma que le sea posible saldar su acreencia y tener un reporte actualizado y acertado de las semanas que efectivamente ha cotizado al sistema.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) que, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, proceda a reconocer en la historia laboral de la senora Rosa Elena Orozco, los periodos en que se desempeno como trabajadora del Municipio de Medellin entre marzo de 1998 y septiembre de 1999, sin imponer cargas adicionales a la accionante que terminen desconociendo sus garantias fundamentales.
  4. CUARTO. COMUNIQUESE a la Superintendencia Financiera del sentido y alcance de las interpretaciones realizadas en la presente providencia, de forma que en adelante las pueda tener en cuenta a la hora de analizar situaciones analogas.
  5. QUINTO. Por Secretaria General de esta Corporacion, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceMaría Victoria Calle Correa
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.