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Tutela ruling (T)June 12, 2017

T-379 de 2017

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Rodrigo Marin Gonzalez·Respondent Colpensiones

✓
Topic · hard data
Pension De Vejez. Requisitos Del Decreto 758 De 1990 Y Mora Patronal En El Pago Oportuno De Aportes Pensionales.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Para El Reconocimiento Y Pago De Pension De Vejez
  • Caso en que Colpensiones niega reconocimiento y pago de pensión de vejez, con fundamento en inconsistencias presentadas en la historia laboral
  • Procedencia excepcional
Derecho A La Seguridad Social
  • Servicio público de carácter obligatorio y derecho irrenunciable
Pension De Vejez
  • Orden a Colpensiones reconocer pensión de vejez
  • Requisitos del régimen de transición de la ley 100 de 1993 y régimen de la ley 71 de 1988
Derecho A La Seguridad Social En Pensiones
  • Deberes de las Administradoras de pensiones respecto de la información consignada en la historia laboral de sus afiliados
7 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En varias ocasiones el actor le solicitó a Colpensiones el reconocimiento y pago de la pensión de vejez como beneficiario del régimen de transición previsto en la Ley 100 de 1993 y, en las mismas oportunidades la entidad negó las pretensiones, aduciendo la existencia de inconsistencias en la historia laboral, lo cual hacía que perdiera dicho régimen al no acreditar el número de semanas requeridas por el Decreto 758 de 1990.

Se aborda temática relacionada con: 1º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela para solicitar el reconocimiento y pago de la pensión de vejez. 2º.

El derecho a la seguridad social en materia pensional. 3º.

El régimen de transición previsto en la Ley 100 de 1993 y los requisitos para acceder a la prestación de vejez establecidos en el Decreto 758 de 1990. 4º.

El precedente jurisprudencial sobre mora patronal en las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social y, 5º.

Las obligaciones que se derivan para las administradoras de pensiones respecto de la historia laboral.

Se CONCEDE el amparo invocado, se ordena a la entidad reconocer y pagar la prestación reclamada y se le hace una advertencia sobre el cumplimiento de las obligaciones que tiene respecto a la información contenida en las historias laborales de sus afiliados.

Se compulsan copias del expediente a la Procuraduría General de la Nación, para que investigue las conductas que puedieron general las inconsistencias en la historia laboral del peticionario y que desencadenaron en la negativa del reconocimiento de su derecho pensional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida en única instancia del trámite de tutela por el Juzgado
  2. Cuarto. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá el día catorce (14) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) en la cual se decretó la improcedencia del amparo constitucional. En consecuencia, TUTELAR los derechos constitucionales fundamentales al mínimo vital, vida digna y seguridad social del señor Rodrigo Marín González.
  3. Segundo. ORDENAR a Colpensiones que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia proceda a iniciar los trámites tendientes a reconocer la pensión de vejez al señor Rodrigo Marín González desde el día treinta (30) de marzo de dos mil nueve (2009), procedimiento que, en todo caso, no podrá prolongarse por más de 15 días hábiles y que deberá constar en acto administrativo motivado.
  4. Tercero. ORDENAR a Colpensiones que en el mismo acto administrativo de reconocimiento pensional resuelva lo relacionado con el retroactivo pensional del accionante de conformidad con lo expuesto en el numeral 21.7 de esta sentencia.
  5. Cuarto. COMPULSAR copias del expediente a la Procuraduría General de la Nación, para que investigue las conductas que pudieron generar las inconsistencias en la historia laboral del señor Rodrigo Marín González y que desencadenaron en la negativa al reconocimiento de su derecho pensional.
  6. Quinto. ADVERTIR a Colpensiones sobre el cumplimiento de las obligaciones que tiene respecto de la información contenida en las historias laborales de sus afiliados y que fueron reseñadas en esta sentencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.