T-218 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Lidia Del Rosario Yanez Gonzalez Y Otras·Respondent Alcaldia Municipal De Monteria Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
- Contenido y normatividad
- Jurisprudencia constitucional
- Responsabilidades de la Nación y de las entidades territoriales en la prestación del servicio del agua
- Se encuentra en construcción acueducto y de forma preventiva se realiza suministro de agua por medio de carro tanque
- Toda persona tiene derecho fundamental prima facie a disponer y acceder a cantidades suficientes, y de calidad, de agua apta para el consumo humano
- Servicio público a cargo del Estado
- Normatividad que regula su prestación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La acción de tutela es interpuesta por 12 madres comunitarias residentes en el corregimiento de San Anterito del municipio de Montería en el Departamento de Córdoba, actuando en calidad de agentes oficiosas de 128 niños que tienen a su cargo.
Aducen que las entidades demandadas desconocieron derechos fundamentales de los menores que agencian, debido a la falta de construcción de un acueducto en el mencionado lugar.
Se Reitera jurisprudencia en materia del derecho fundamental al agua para consumo humano y la prestación del servicio público domiciliario de acueducto.
Pese a declarar la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO se hace una advertencia a la Alcaldía de Montería, relacionada con el deber de cumplir con su obligación constitucional y legal de asegurar a los niños a favor de quien se interpuso la solicitud de amparo, las garantías mínimas del derecho fundamental al agua, asegurándose de no afectar nuevamente la disponibilidad y accesibilidad a este recurso.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. LEVANTAR la suspension de terminos en el proceso de la referencia, ordenada en al auto del 19 de diciembre de 2016 proferido por la Sala Tercera de Revision de la Corte Constitucional.
- Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado en los terminos de la parte considerativa de esta providencia, en la accion de tutela interpuesta por Lidia del Rosario Yanez Gonzalez y otras contra la Alcaldia Municipal de Monteria, Proactiva-Aguas de Monteria S.A. E.S.P., la Gobernacion de Cordoba y Aguas de Cordoba S.A. E.S.P.
- Tercero. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, las sentencias del cinco (5) de febrero de dos mil dieciseis (2016) proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Monteria - Sala Primera de Decision Civil, Familia y Laboral, y del cuatro (4) de diciembre de dos mil quince (2015) proferida por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Monteria.
- Cuarto. ADVERTIR a la Alcaldia de Monteria que, mientras se ejecuta el proyecto "Optimizacion del sistema de acueducto del corregimiento San Isidro y las veredas Galilea, Los Mocholos, Nuevo Paraiso, Gran Esfuerzo, El Congo, Nueva Ola, San Anterito y Salamina del municipio de Monteria en el departamento de Cordoba", debera cumplir con su obligacion constitucional y legal de asegurar a los ninos a favor de quien se interpone la tutela del corregimiento de San Anterito las garantias minimas del derecho fundamental al agua, asegurandose de no afectar nuevamente la disponibilidad y accesibilidad a este recurso.
- Quinto. INSTAR a la Defensoria del Pueblo para que, en el marco de sus funciones constitucionales y legales, supervise la satisfaccion efectiva de las garantias minimas del derecho fundamental al agua a los ninos a favor de quienes se interpone la tutela, habitantes del corregimiento de San Anterito del municipio de Monteria, mientras se ejecuta el proyecto "Optimizacion del sistema de acueducto del corregimiento San Isidro y las veredas Galilea, Los Mocholos, Nuevo Paraiso, Gran Esfuerzo, El Congo, Nueva Ola, San Anterito y Salamina del municipio de Monteria en el departamento de Cordoba". Igualmente, INSTAR a la Contraloria General del Departamento de Cordoba para que, en el marco de sus funciones constitucionales y legales, vigile la gestion fiscal en la ejecucion del proyecto antes mencionado.
- Sexto. LIBRAR, a traves de la Secretaria General, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, y DISPONER, a traves del Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Monteria, la realizacion de la notificacion a las partes de que trata esa misma norma.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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