T-169 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Colbank S.A Y Otra·Respondent Adriana Saavedra Lozada Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Contenido y desarrollo jurisprudencial
- Inexistencia de hecho superado por cuanto la controversia central versaba sobre el derecho a la pensión de sobrevivientes y no sobre el derecho de petición
- Configuración y características
- Improcedencia por incumplir requisito de relevancia constitucional
- Improcedencia por no existir defecto orgánico en proceso de responsabilidad civil extracontractual
- Requisitos generales de procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia
- Se configura cuando la autoridad responsable de la providencia objeto de tutela no era competente para conocer del asunto
- Alcance del artículo 121 del CGP
- Finalidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se cuestionan decisiones judiciales y atribuye a éstas vulneración de derechos fundamentales.
En un caso, se aduce que la autoridad judicial cuenta la restricción temporal contenida en el artículo 121 del CGP para dictar la sentencia de segunda instancia en el proceso declarativo de responsabilidad extracontractual iniciado por las sociedades demandantes contra DMG Grupo Holding S.
A. en liquidación judicial y, en el otro, porque cuenta el procedimiento que se encuentra establecido en el inciso tercero del artículo 143 del CGP para la decisión de las recusaciones que se plantean contra las autoridades judiciales.
Tras verificar el cumplimiento de los requisitos de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales la Corte estableció que en el primer expediente no se cumplió con el presupuesto de relevancia constitucional, en tanto los accionantes pretendían justificar la configuración de un defecto orgánico, pues se cuestionaba la competencia de la funcionaria cargo del proceso para continuar conociendo el mismo, debido a que se había vencido el término para dictar la sentencia de segunda instancia.
En el segundo, la Sala constató que el actor pretendía por la vía de la acción de tutela, desatar una controversia meramente legal relacionada con la interpretación de las normas que regulan el trámite de los impedimentos en los procesos de intervención forzosa adelantados por la Superintendencia de Sociedades, con base en las facultades conferidas mediante el Decreto Legislativo 4334 de 2008.
En un caso se declara la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela y, en el otro, se confirma la decisión de instancia que DENEGÓ el amparo invocado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- Primero. En el expediente T-8.498.666, REVOCAR las sentencias dictadas por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, del 6 de agosto de 2021, y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, del 1 de septiembre de 2021. En su lugar, por las razones expuestas en esta providencia, DECLARAR la improcedencia de la acción de tutela interpuesta por Colbank S. A. contra Deyanira Del Pilar Ospina Ariza, en su calidad de directora de Intervención Judicial de la Superintendencia de Sociedades.
- Segundo. En el expediente T-8.480.043, CONFIRMAR la sentencia dictada por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia del 1 de septiembre de 2021, que revocó la decisión emitida por la Sala de Casación Civil de esa misma corporación y negó el amparo solicitado.
- Tercero. LIBRAR por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Comuníquese y cúmplase,
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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