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Tutela ruling (T)November 13, 2001

T-1187 de 2001

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jaime Araujo Rentería

✓Claimant Ilba Fajardo Viuda De Serrano Y Otros Vs. Iss Y Otra·Respondent Sin Información

✓
Topic · hard data
Derechos De Peticion Seguridad Social Y Vida. Solicitud Reconocimiento De La Pension De Jubilacion O Vejez. Respuesta Clara Y Oportuna. Emision Del Bono Pensional. Inclusion En Nomina De Nuevos Pensionados. Llamado A Prevencion. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Improcedencia para ordenar reconocimiento de pensiones
Derecho De Peticion
  • No admisión de respuestas evasivas
  • No se resuelve negando el derecho pensional por retardo en la expedición del bono
Bono Pensional
  • Demora en emisión impide acceso a pensión de jubilación
  • Expedición y emisión
  • Su exigencia no puede vulnerar el derecho a la pensión
  • Término para su emisión
  • Demora en emisión afecta derechos fundamentales
Seguro Social
  • Resolución de fondo sobre solicitudes de pensión
5 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por los Juzgados
  2. Segundo. Civil Municipal de Sogamoso (expediente T-483059), Cuarenta Penal del Circuito de Bogotá (expediente T-487347), Juzgado
  3. Quinto. Laboral del Circuito de Medellín (expediente T-487891), Juzgado
  4. Primero. Laboral del Circuito de Popayán y Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán - Sala Civil Laboral (expediente T-491930), Tribunal Administrativo del Tolima (expediente T-497424), Juzgado
  5. Quinto. Civil del Circuito de Cartagena (expediente T-501295), Juzgado
  6. Primero. Laboral del Circuito de Bucaramanga (expediente T-501642), en las acciones de tutela instauradas por Ilba Fajardo Vda. de Serrano, Fidel Castro Salazar, Oscar Tulio Bran Rodríguez, Freddy Arnulfo Pabón Castillo, Lyra Anastasia Hernández de Rubio, Dagoberto López Hernández y Armando González Carrillo, respectivamente, contra el Seguro Social y Superintendencia de Notariado y Registro respecto del expediente T 497424, por las consideraciones expuestas en la presente providencia. En consecuencia, CONCEDE las acciones de tutela a fin de garantizar los derechos fundamentales de petición, seguridad social y vida.
  7. Segundo. ORDENAR al Seguro Social, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo y según el caso, solicite, haga el seguimiento y/o requiera a las entidades competentes para expedir los bonos pensionales respectivos, adjuntando copia de la presente providencia a fin de que se resuelva en forma definitiva lo pertinente a la solicitud de emisión de los bonos pensionales de los actores. Una vez recibida la respuesta por el Seguro Social, deberá éste proceder en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a expedir el acto administrativo que decida de fondo sobre el reconocimiento de la pensión y para el evento del expediente T - 487891 proceda en el mismo término, una vez recibido el bono y su pago a su inclusión en nómina.
  8. Tercero. ORDENAR a la Superintendencia de Notariado y Registro, respecto del expediente T 497424 que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo resuelva en forma definitiva las objeciones formuladas por el Seguro Social a la liquidación provisional procediendo a la emisión y expedición del bono pensional de la actora. Una vez recibida la respuesta por el Seguro Social, éste deberá proceder en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su recibo a expedir el acto administrativo que decida de fondo sobre el reconocimiento de la pensión.
  9. Cuarto. Por Secretaría General COMPULSAR copias de esta sentencia y del expediente respectivo a la Procuraduría General de la Nación, para lo de su competencia y de conformidad con la parte motiva de este fallo.
  10. Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.