T-1161 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Alberto Ospino Quintero Contra Red De Solidaridad Social
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Responsabilidad de los entes estatales no se limita a informar las entidades que colaboran en la protección
- La participación estatal debe encaminarse a proteger los derechos fundamentales
- Respeto de los turnos en la entrega de ayuda humanitaria a las víctimas del conflicto armado
- Procedencia de la tutela como mecanismo judicial para ordenar protección especial e inmediata
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado 9º Civil del Circuito de Barranquilla, el 22 de mayo de 2003, en los términos y por los motivos expuestos en la presente sentencia, REVOCAR la sentencia proferida por Tribunal Superior de Barranquilla, Sala Civil, del 7 de julio de 2003 y, en consecuencia, CONCEDER la tutela al derecho a la vida del señor Alberto Ospino Quintero.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que además de las diligencias de coordinación que ha realizado para la protección de la vida del señor Alberto Ospino Quintero, realice un seguimiento continuo y eficaz a la puesta en marcha de tal protección por parte de la Policía Nacional, El Departamento Administrativo de Seguridad y el Ejército Nacional.
- TERCERO. ORDENAR a la Policía Nacional, Departamento de Policía del Atlántico, que en el término de 48 horas, posteriores a la notificación de la presente sentencia, en coordinación con la Red de Solidaridad Social, brinde la protección necesaria a la vida del señor Alberto Ospino Quintero.
- CUARTO. ORDENAR al Departamento Administrativo de Seguridad, Seccional Atlántico, que en el término de 48 horas, posteriores a la notificación de la presente sentencia, en coordinación con la Red de Solidaridad Social, brinde la protección necesaria a la vida del señor Alberto Ospino Quintero.
- QUINTO. ORDENAR al Ejército Nacional, Primera División, Segunda Brigada, que en el término de 48 horas, posteriores a la notificación de la presente sentencia, en coordinación con la Red de Solidaridad Social, brinde la protección necesaria a la vida del señor Alberto Ospino Quintero.
- SEXTO. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que, en el término de 48 horas, posteriores a la notificación de la presente sentencia, informe al señor Alberto Ospino Quintero la fecha en la cuál se cancelará la ayuda humanitaria. Esta fecha no podrá tener como consecuencia el irrespeto de los turnos para las demás solicitudes presentadas, pero la época en que se realice el pago deberá corresponder a un término razonable y oportuno.
- SÉPTIMO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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