T-910 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Claimant Adriana Rugeles Ospina Vs. Icbf
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Vulneración por retardo en práctica de prueba genética
- Alcance
- Retardo en práctica de prueba genética
- Deber de practicar la prueba genética
- Vulneración por demora injustificada en práctica de prueba genética
- Vulneración por no definición del estado civil en un periodo razonable de tiempo
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el 7 de junio de 2002 por el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de Neiva, mediante el cual fue negada la tutela solicitada por la señora ADRIANA RUGELES OSPINA, quien ha actuado a nombre y en representación de sus dos menores hijos.
- Segundo. CONCEDER la tutela del derecho fundamental y prevalente a la personalidad jurídica, del cual son titulares los dos hijos de la señora RUGELES OSPINA. En consecuencia, se ORDENA al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, representado por su Director General, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, informe a la accionante la fecha precisa en la cual serán practicados los exámenes genéticos de ADN que servirán para determinar la paternidad de los dos menores. La Sala advierte que la fecha que se señale no puede significar alteración para los turnos establecidos a las demás personas, pero el día en que se lleve a cabo debe corresponder a un término razonable y oportuno.
- Tercero. El Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, informará al Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de Neiva -Huila-, sobre el cumplimiento de lo ordenado en esta providencia.
- Cuarto. Por Secretaría LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.