T-1151 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Eva Cavadía De Pertúz·Respondent Alcalde Municipal De San Pelayo Córdoba
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Pago oportuno de mesadas
- Imposibilidad para disponer de la prestación en cualquier momento afecta de manera inmediata la calidad de vida y coloca al pensionado en situación de vulnerabilidad
- Pago oportuno
- Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
- Carácter vinculante
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al mínimo vital de beneficiari de pensión de sobrevivientes a cargo de la accionada a quien le son adeudadas las mesadas de los meses de noviembre, diciembre y la mesada adicional de 2007.
La accionante informa que tiene 86 años de edas, que padece serios problemas de salud y que la prestación en cuestión es su única fuente de sustento. <br>reglas jurisprudenciales sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para el pago de mesadas pensionales.
Estás fueron consignadas en la sentencia t-338 de 2001 de la siguiente manera: (i) la procedencia del amparo para la garantía de las mesadas pensionales ya decretadas y no pagadas; (ii)la afectación de mínimo vital; (iii) el hecho de que la crisis económica o presupuestal no exime al empleador de la obligación de pagar oportunamente la mesada pensional y (iv) la regencia de las reglas de la sana crítica probatoria y el principio de buena fe. <br>así, entratándose de personas de la tercera edad, la afectación del derecho al mínimo vital se entiende inmediata. <br>en vista de que no se acreditó la capacidad económica de la accionante, se presumió la vulneración grave de su derecho al mínimo vital y por ende, se ordenó el pago de las sumas debidas. <br>concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por los Juzgados Promiscuo Municipal de San Pelayo y
- Segundo. Civil del Circuito de Cereté dentro de la acción de tutela promovida por la señora Eva Cavadía de Pertúz y en su lugar CONCEDER el amparo de su derecho fundamental al mínimo vital.
- Segundo. ORDENAR al señor Alcalde del municipio de San Pelayo (Córdoba), si aún no lo hubiera hecho, que proceda a cancelar en el término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de esta sentencia, las mesadas pensionales correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2007 a la señora Eva Cavadía de Pertúz.
- Tercero. COMPULSAR sendas copias de esta actuación a la Contraloría General de la República y a la Procuraduría General de la Nación, para los fines previstos en la parte motiva de esta providencia.
- Cuarto. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.