T-110 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Victor Manuel Marmolejo Charria·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procede excepcionalmente cuando se prueba de manera sumaria la configuración de un perjuicio irremediable a causa del no pago
- Improcedencia general
- Entidad pública
- Formas de amparo por juez de tutela ante falta de protección eficaz y completa
- Requisitos según artículo 39 de la Ley 100/93
- Posición jurisprudencial de la Corte Constitucional frente a los requisitos de la ley 860 de 2003 antes de proferir la sentencia C-428 de 2009
- Requisitos para obtener reconocimiento y pago
- Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión de invalidez
- Se predica del derecho considerado en sí mismo, pero no de las prestaciones periódicas o mesadas que si tienen prescripción de 3 años
- A través de apoderado judicial
- Criterios para determinar su configuración
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Facultad de fallar extra y ultra petita
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante considera que Colpensiones vulneró sus derechos fundamentales, al negarle el reconocimiento y pago de la pensión de vejez que solicitó bajo las consideraciones esgrimidas en el literal b) del artículo 12 del Decreto 758 de 1990, este es, tener 500 semanas cotizadas dentro de los 20 años anteriores a la edad requerida.
Se destaca, que el peticionario es una persona de la tercera edad, de escasos recursos económicos y que enfrenta diversas y delicadas patología.
En este asunto la Corte analizó, además de los planteamientos esbozados en la solicitud de amparo, sí con ocasión de la acreditación de la pérdida de capacidad laboral del actor, le es dable al juez constitucional ordenar la protección de los derechos fundamentales que no fueron invocados por éste, particularmente, en lo que se refiere al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, en caso de tener derecho a esta prestación.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
La procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento y pago de prestaciones sociales. 2º.
El régimen de transición y los requisitos previstos en el Decreto 758 de 1990 para obtener el reconocimiento y pago de la pensión de vejez. 3º.
La pensión de invalidez y su protección por vía constitucional. 4º.
La procedencia de la tutela en contra de providencias judiciales y, 5º.
Las facultades del juez de tutela para fallar extra y ultra petita.
Se TUTELAN los derechos fundamentales a la igualdad, al mínimo vital y a la seguridad social.
Se ordena a la accionada iniciar los trámites para el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. TUTELAR los derechos fundamentales a la igualdad, al minimo vital y a la seguridad social de Victor Manuel Marmolejo Charria.
- SEGUNDO. ORDENAR a Colpensiones que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, inicie los tramites pertinentes, para que en el termino maximo de un (1) mes, si aun no lo ha efectuado, reconozca de manera definitiva y empiece a pagar al senor Victor Manuel Marmolejo Charria, la pension de invalidez, a partir del 12 de marzo de 2009, fecha de estructuracion de su invalidez, cubriendo todas aquellas mesadas causadas y dejadas de percibir, en lo aun no prescrito.
- TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese, comuniquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.