T-1014 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Maria Wbaldina Benitez Sarmiento·Respondent Instituto De Seguros Sociales Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Finalidad de la restricción
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Seguridad social.
La accionante solicita se ordene su traslado de régimen pensional, comenta que dicha solicitud fue rechazada por la entidad accionada aduciendo que se encuentra a menos de diez años de cumplir los requisitos para acceder a su pensión.
La Sala se pronuncia sobre los aspectos generales de los regimenes pensiónales creados por la Ley 100 de 1993, el derecho a la libre escogencia del régimen pensional por parte del trabajador afiliado y la prohibición legal de traslado cuando le faltaren 10 años o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensión de vejez, de las pruebas aportadas al expediente se encuentra que la accionante adelantó el tramite de manera oportuna pero por negligencia de la oficina de Talento Humano de la entidad donde trabaja dicha solicitud fue enviada varios meses después, cuando el traslado no era procedente, por lo tanto se concluye que esta causal no le puede ser oponible a la accionante y el amparo de los derechos resulta procedente, se ordena a BBVA Horizonte trasladar al régimen de prima media el ahorro realizado por la actora, además de verificar si el ahorro es o no inferior al monto total del aporte legal correspondiente si hubiera permanecido afiliada al ISS, de no ser así se le debe ofrecer la posibilidad de aportar en un plazo razonable, el dinero correspondiente a la diferencia del aporte que debería tener en el régimen de prima media.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Dieciseis Penal del Circuito de Cali, el 22 de julio de 2010, dentro de la accion de tutela promovida por Maria Wbaldina Benitez Sarmiento contra el Instituto de Seguros Sociales y la Administradora de Fondo de Pensiones BBVA Horizonte, asi como en contra de la vinculada Oficina de Talento Humano de la Direccion Ejecutiva Seccional de Administracion Judicial de Cali. En su lugar, CONCEDER el amparo al derecho fundamental a la seguridad social de la actora.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales y a la Administradora de Fondo de Pensiones BBVA Horizonte, que en el termino de 8 dias calendario contados a partir de la notificacion de esta providencia, procedan a verificar, de forma coordinada, el cumplimiento por parte de la senora Maria Wbaldina Benitez Sarmiento del requisito de la equivalencia en el ahorro, teniendo en cuenta las consideraciones de esta providencia.
- Tercero. ORDENAR a la AFP BBVA Horizonte que, en caso de encontrar satisfecho el requisito de la equivalencia del ahorro, inicie los tramites pertinentes para trasladar al regimen de prima media, administrado por el Instituto de Seguros Sociales, la totalidad del ahorro efectuado al regimen de ahorro individual con solidaridad por la senora Maria Wbaldina Benitez Sarmiento, de conformidad con el articulo 7 del decreto 3995 de 2008, lo cual debera cumplirse efectivamente en un termino maximo de 15 dias calendario.
- Cuarto. ORDENAR a la AFP BBVA Horizonte que, en caso de que la exigencia de la equivalencia del ahorro no sea cumplida por la accionante, le ofrezca la posibilidad de aportar, en un plazo razonable, el dinero correspondiente a la diferencia entre lo ahorrado en el regimen de ahorro individual y el monto total del aporte legal correspondiente en caso que hubieren permanecido en el regimen de prima media; al cabo de lo cual debera iniciar los tramites pertinentes para trasladar al regimen de prima media, administrado por el Instituto de Seguros Sociales, la totalidad del ahorro efectuado al regimen de ahorro individual con solidaridad por la senora Maria Wbaldina Benitez Sarmiento y la diferencia aportada por la misma, de conformidad con el articulo 7 del decreto 3995 de 2008, lo cual debera cumplirse efectivamente en un termino maximo de 15 dias calendario.
- Quinto. ORDENAR que por Secretaria General de la Corte se remita el expediente al Juzgado Dieciseis Penal del Circuito de Cali, quien se encargara de vigilar el cumplimiento de la sentencia.
- Sexto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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