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Tutela ruling (T)October 12, 2012

T-810 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla

✓Claimant Julio Cesar Pertuz Rada·Respondent Municipio De Soledad Atlantico Y Otro

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela Para El Reconocimiento De Pensión De Vejez
  • Procedencia excepcional cuando se vulneran derechos de las personas de la tercera edad
Derecho Al Debido Proceso Y Seguridad Social En Reconocimiento De La Pension De Vejez
  • Caso en que se termina vinculación laboral por cumplir la edad de retiro forzoso
  • Orden al ISS empezar a pagar con periodicidad la pensión de vejez
  • Procedencia definitiva
Juez De Tutela
  • Deber y facultad de decretar pruebas para la protección de derechos fundamentales
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
  • El actor es sujeto de especial protección debido a su avanzada edad
Principio De Favorabilidad En Materia Pensional
  • Acumulación de tiempos no cotizados al ISS para reconocimiento de la pensión de vejez
Principio De Inmediatez En Accion De Tutela
  • Improcedencia por no cumplir con el requisito de inmediatez al dejar transcurrir 6 años sin acudir a los mecanismos de defensa jurídica que tenía a su disposición
  • Término razonable y oportuno
Temeridad
  • Configuración
10 topics · 12 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Seguridad social, mínimo vital, debido proceso.

Mediante apoderado judicial se presenta la acción de tutela en contra del municipio de Soledad (Atlántico) y del Instituto de Tránsito y Transporte de la misma ciudad, por la presunta violación de derechos fundamentales del actor con ocasión de la expedición del acto administrativo que dio por terminada la vinculación laboral y lo declaró insubsistente por cumplir la edad de retiro forzoso.

Se advierte en la demanda de tutela que el ISS negó el reconocimiento de la pensión de vejez, bajo el argumento del incumplimiento del número de semanas necesarias para adquirir el derecho pensional pretendido.

Se solicita en la tutela ordenar el reintegro al cargo que venía desempeñando el actor o a uno equivalente, así como el restablecimiento de los servicios de salud y el pago de los demás emolumentos dejados de percibir en razón de su desvinculación.

La Sala precisa que a pesar de que el reconocimiento pensional no fue una de las solicitudes expresadas por el actor en su demanda, no exime esta circunstancia a la corporación para efectuar, de manera oficiosa, un análisis de la acción de tutela e inferir que este es un motivo cardinal de su interposición.

Luego de vincular al ISS al proceso, de garantizarle su derecho de defensa, de corroborar la vulneración del derecho a la seguridad social del actor, de evaluar la procedencia de la acción constitucional para ordenar un eventual reconocimiento de la pensión de vejez y de verificar los requisitos exigidos para el otorgamiento de esta prestación, se decide CONCEDER este amparo y ordenar al ISS y/o al ente que asumió sus funciones, reconocer y pagar la pensión de vejez en la suma a que tiene derecho el actor.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. CONFIRMAR PACIALMENTE el fallo dictado por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Soledad en abril 19 de 2012, que en su momento confirmo el proferido por el Juzgado
  3. Primero. Civil Municipal de dicha ciudad en febrero 15 de 2012, en lo atinente a la solicitud de reintegro del actor.
  4. Segundo. ADICIONAR la sentencia dictada por el Juzgado
  5. Primero. Civil del Circuito de Soledad en abril 19 de 2012, en el sentido de CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales a la seguridad social, minimo vital y debido proceso del actor, vulnerados por el Instituto de Seguros Sociales.
  6. Tercero. En consecuencia, ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, seccional Atlantico, y/o al ente que haya asumido sus funciones, por intermedio de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha efectuado, reconozca dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la notificacion de la presente sentencia y empiece a pagar con la periodicidad que corresponda, la pension de vejez en la suma a que tiene derecho el senor Julio Cesar Pertuz Rada, cubriendo las mesadas causadas hasta ahora, en lo que no se encuentre prescrito.
  7. Cuarto. Por Secretaria General, LIBRAR la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.