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Tutela ruling (T)March 10, 2015

T-097 de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Fredy William Cortes Rincon Y Otra·Respondent Salud Total E.P.S.

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Pago De Incapacidad Laboral
  • Procedencia de tutela cuando afecta mínimo vital del trabajador y su familia
Derecho A La Dignidad Humana, A La Seguridad Social Y Al Minimo Vital
  • Orden a Colpensiones reconocer pensión de invalidez
Incapacidad Laboral Derivada De Accidente De Trabajo
  • Corresponde a Administradoras de Riesgos Profesionales
Incapacidad Superior A 180 Dias
  • Exhortar a EPS para que cumpla su obligación de acompañamiento y asesoría de los usuarios en los trámites de solicitud de incapacidades que superen los 180 días
  • Orden a Fondo de pensiones pagar incapacidades superior a 180 días y determinar si la accionante cumple los requisitos para acceder a la pensión de invalidez
Pago De Incapacidad Laboral Superior A 180 Dias
  • Está a cargo de la Administradora de Fondos de Pensiones a la cual se encuentra afiliado el trabajador
6 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Mínimo vital, vida digna, seguridad social.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Los casos estudiados hacen alusión a personas que alegan vulneración de derechos fundamentales, porque a pesar de su situación de discapacidad, estado de salud, haber recibido el pago de los primeros 180 días de incapacidad por parte de la E.P.S. y ser evaluados por las Juntas de Calificación de Invalidez, siguen presentando incapacidades que no han sido asumidas por ninguna entidad dentro del Sistema de Seguridad Social.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

Procedencia excepcional de la acción de tutela para solicitar el pago de incapacidades. 2º.

Marco normativo que regula el reconocimiento y pago de las incapacidades de origen común. 3º.

Jurisprudencia constitucional en materia de pago de incapacidades que superen los 180 días y, 4º.

Régimen aplicable a las incapacidades originadas en accidentes de trabajo.

Se CONCEDEN.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. En el expediente T-4.585.551, REVOCAR el fallo proferido el cuatro (4) de julio de dos mil catorce (2014), por el Juzgado 6deg Civil Municipal en Oralidad de Manizales, que nego el amparo de los derechos del accionante, para en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales al minimo vital, a la dignidad humana y a la seguridad social del actor.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, se inicien los tramites para el reconocimiento de la pension de invalidez del senor Fredy William Cortes Rincon, con el fin de que en el termino maximo de un mes quede incluido en nomina, teniendo en cuenta las consideraciones de esta providencia.
  3. TERCERO. EXHORTAR a Salud Total E.P.S. para que en lo sucesivo cumpla cabalmente con su obligacion de acompanamiento y asesoria de los usuarios en los tramites de solicitud de incapacidades que superen los 180 dias.
  4. CUARTO. En el expediente T-4.595.730, CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo del 22 de agosto de 2014 del Juzgado 2deg Civil del Circuito de Manizales, para CONCEDER la proteccion de los derechos al minimo vital, a la dignidad humana y a la seguridad social de Maria Lucelly Loaiza Garcia.
  5. QUINTO. ORDENAR al Fondo de Pensiones Proteccion que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, pague las incapacidades expedidas desde el 06 de marzo de 2013 al 16 de abril de 2014. Asi mismo, que cancele las incapacidades que sobrevengan hasta que se efectue la nueva calificacion de perdida de capacidad laboral a la senora Maria Lucelly Loaiza Garcia y se determine si se cumplen los requisitos para acceder a la pension de invalidez.
  6. SEXTO. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.