T-075 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Rafael Angel Niebles Echeverria·Respondent Rohm & Hass Colombia Ltda Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedente por incumplir requisitos de inmediatez y subsidiariedad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Durante 36 años el actor trabajó con la sociedad demandada, la cual se dedica a actividades de alto riesgo al manipular materias primas a granel, líquidas descargadas y almacenamiento de sustancias químicas con otros componentes altamente cancerígenos.
En el año 2000 el extinto ISS le reconoció la pensión de vejez al peticionario.
Con base en una certificación que la accionada remitió al Instituto de Seguros Sociales con la relación de trabajadores que ejecutaron actividades de alto riesgo durante un período de tiempo del año 1994, el tutelante presentó demanda ordinaria laboral con el propósito de obtener el reconocimiento de un incremento pensional por cumplir los requisitos para acceder a la pensión especial de vejez por actividades de alto riesgo, pero dicha pretensión fue denegada en primera y segunda instancia.
Con la presente acción de tutela se tiene la misma pretensión que con la demanda ordinaria precitada.
La Corte considera que la solicitud de amparo resulta IMPROCEDENTE por el incumplimiento de los requisitos jurisprudenciales de inmediatez y subsidiariedad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el cinco (05) de octubre de dos mil dieciocho (2018), por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Ciénaga, Magdalena, que concedió el amparo de los derechos fundamentales para, en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela, de conformidad con las razones señaladas en la parte motiva de esta decisión.
- SEGUNDO. REMITIR copias de esta providencia y del expediente T-7.399.402 a la Fiscalía General de la Nación y al Consejo Superior de la Judicatura para que, si lo consideran pertinente, inicien las actuaciones a que haya lugar respecto de Pedro Miguel Vicioso Cogollo - como Juez
- Segundo. Promiscuo Municipal de Ciénaga, Magdalena - y de los Abogados Juan Carlos Rodríguez Candía y Guillermo Francisco Locarno Peña.
- TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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