T-068 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Yadira Esther Quiroz Orozco Y Otros·Respondent Uariv
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Jurisprudencia constitucional
- Reglas fijadas en sentencia SU254/13 para la procedencia excepcional y restringida de las condenas en abstracto por vía de tutela, conforme al artículo 25 del Decreto 2591 de 1991
- Debe contar con un plazo razonable y prudencial para resolver solicitud de indemnización administrativa para víctimas del conflicto armado interno
- Decreto 4800 de 2011, art. 155 parágrafo 3º
- Efectos inter comunis para solicitudes presentadas con anterioridad a la ley 1448 de 2011 y no han sido resueltas, según SU254/13
- Procedencia
- Principios y preceptos constitucionales a partir de los estándares internacionales
- Decreto 4800 de 2011, art. 155
- Orden a UARIV reconozca y pague indemnización administrativa, según SU254/13
- Vulneración por UARIV por no responder solicitud, de manera oportuna, de fondo, clara, precisa y congruente con lo solicitado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Reparación integral.
Se acumulan expedientes por unidad de materia.
Consideran los actores que la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas vulneró sus derechos fundamentales, al no otorgarles la indemnización a la que creen tener derecho, por ser víctimas del desplazamiento forzado.
Solicitan, el reconocimiento y pago de la reparación administrativa integral establecida en las normas legales y en la jurisprudencia constitucional.
Se analizan los siguientes temas: 1º.
Los derechos de las víctimas del desplazamiento forzado en la jurisprudencia constitucional. 2º.
La indemnización administrativa del artículo 5º del Decreto 1290 de 2008, regulada en la actualidad por el artículo 155 del Decreto 4800 de 2011. 3º.
La reserva técnica de que trata el parágrafo 3º del precitado artículo. 4º.
Las reglas establecidas en la sentencia SU254/13 para la protección de la población desplazada mediante la acción de tutela, que ordena condenas en abstracto. 5º.
Los efectos inter comunis de esta sentencia y, 6º.
La presunción de veracidad en materia de tutela, cuando la autoridad demandada no rinde el informe solicitado por el juez constitucional.
Se CONCEDEN.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- Primero. LEVANTAR la suspension del termino de la presente accion de tutela, ordenada mediante auto del 31 de octubre de 2014.
- Segundo. REVOCAR los fallos de unica instancia proferidos el 21 de noviembre de 2013 (en sentencias separadas), por el Juzgado Unico Promiscuo de Familia de Fundacion, que nego las tutelas presentadas por Yadira Esther Quiroz Orozco (T-4357273), Fanny Ester Guerra Ortiz (T-4357274) y Mercy Cecilia Medina Acosta (T-4357290). En su lugar, se protegera el derecho fundamental de las accionantes a la reparacion integral.
- Tercero. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Atencion y Reparacion Integral a las Victimas, en su calidad de coordinadora del SNARIV60 que pague la referida indemnizacion a las accionantes, mujeres desplazadas por la violencia.
- El pago ordenado se hara en un plazo que no exceda los treinta (30) dias contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, asi:
- 4. A Yadira Esther Quiroz Orozco, la suma de veintisiete (27) salarios minimos mensuales legales vigentes. Expediente T-4357273.
- 5. A Fanny Ester Guerra Ortiz, la suma de veintisiete (27) salarios minimos mensuales legales vigentes. Expediente T-4357274.
- 6. A Mercy Cecilia Medina Acosta, la suma de veintisiete (27) salarios minimos mensuales legales vigentes. Expediente T-4357290
- Cuarto. ADVERTIR a la UARIV que esta suma, por concepto de indemnizacion administrativa, no se puede descontar de ningun subsidio, de conformidad con la Constitucion, la jurisprudencia de esta Corporacion, el principio de diferencialidad entre las medidas de atencion y asistencia social y los articulos 25 de la Ley 1448 de 2011 y 154 del Decreto 4800 de 2011.
- Quinto. SOLICITAR al Defensor del Pueblo y al Procurador General de la Nacion, para que, dentro del ambito de sus competencias constitucionales y legales, asistan legalmente a las accionantes en relacion con el tramite del reconocimiento y pago de las indemnizaciones por via administrativa cuyo cumplimiento se ordena en esta sentencia.
- Sexto. SOLICITAR a la Comision de Seguimiento a la Politica Publica de Atencion Integral a la Poblacion Desplazada, realizar el seguimiento al cumplimiento de las ordenes emitidas en esta providencia judicial.
- Septimo. COMPULSAR copias a la Procuraduria General de la Nacion en virtud del articulo 50 del Decreto 2067 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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