T-048 de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Eduardo Gonzalez Madera·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Imperativo del Estado Social de Derecho
- Plazo razonable para el cumplimiento de decisiones judiciales
- Vulneración por Colpensiones al omitir cumplimiento de sentencia judicial que ordenó reconocimiento y pago de la pensión de vejez
- Colpensiones dio cumplimiento al fallo que ordenó reconocimiento y pago de la pensión de vejez
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se aduce que Colpensiones vulneró derechos fundamentales al omitir el oportuno cumplimiento de las órdenes de reconocimiento y pago de la pensión de vejez del actor, proferidas mediante sentencia judicial en un proceso ordinario laboral.
La entidad pidió que se negara la solicitud de amparo y señaló que el término establecido para acatar las decisiones judiciales era de 10 meses, según lo dispuesto en el artículo 307 del Código General del Proceso.
Lo anterior, debido a que se deben adelantar las gestiones preparatorias y de ejecución para garantizar el cumplimiento de los fallos.
Se reitera jurisprudencia relacionada con el deber y obligación de las autoridades públicas de cumplir oportunamente los fallos judiciales ejecutoriados como garantía de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
En sede de revisión se le informó a la Sala que la entidad dio cumplimiento a la providencia del proceso ordinario laboral, reconociendo y pagando la prestación reclamada por el actor.
Se declara la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO pero se advierte a Colpensiones que se abstenga de dilatar el reconocimiento de prestaciones pensionales reconocidas judicialmente, con base en el término dispuesto en el artículo 37 del Código General del Proceso
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior de Antioquia - Sala de Decision Civil Familia, el 21 de junio de 2018, el cual confirmo la decision adoptada por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Apartado - Antioquia, dictada el 9 de mayo de 2018, que declaro improcedente el amparo solicitado, en el tramite de la accion de tutela instaurada por el senor Eduardo Gonzalez Madera contra Colpensiones y el municipio de Necocli - Antioquia. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado, en los terminos expuestos en la parte considerativa de esta sentencia.
- SEGUNDO. ADVERTIR a Colpensiones que se abstenga de dilatar el reconocimiento de prestaciones pensionales reconocidas judicialmente, con base en el termino dispuesto en el articulo 307 del Codigo General del Proceso, toda vez que las ordenes emitidas por los jueces en procesos ordinarios laborales y en materia pensional deben cumplirse oportunamente.
- TERCERO. LIBRENSE por la Secretaria General de la Corte Constitucional las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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