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Unification ruling (SU)July 11, 2024Full bench

SU- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Arango Correa Ever Andres Y Otros·Respondent Consejo De Estado Seccion 3 Subseccion B Y Otro

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Topic · hard data
Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Acción De Grupo-Garantía Para Acceder A La Reparación Integral Por Desplazamiento Forzado Interno Prolongado. Principio De Centralidad De Las Víctimas.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Victimas Del Desplazamiento Forzado
  • Sujetos de especial protección constitucional
Reparacion Integral
  • Jurisprudencia Constitucional
Principio Pro Persona
  • Aplicación
  • Alcance
  • Concepto
Responsabilidad Del Estado Frente A Los Hechos Que Originan El Desplazamiento Forzado
  • Obligación de atender y reparar a las víctimas, una vez ocurrido el desplazamiento, según jurisprudencia del Consejo de Estado
Juicio De Identidad De Objeto
  • Aspectos que deben ser analizados por la autoridad judicial
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales En Acción De Grupo
  • Procedencia por defecto material o sustantivo al declarar probada la cosa juzgada internacional, sin constatar la identidad de objeto
Identidad De Objeto
  • Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
  • Jurisprudencia Constitucional
  • Jurisprudencia del Consejo de Estado
Cosa Juzgada
  • Fundamentos
Principio Pro Víctima
  • Alcance y contenido
Desplazamiento Forzado Interno
  • Procedencia de la acción de tutela como mecanismo de protección de los derechos fundamentales de la población desplazada
Desplazamiento Forzado
  • Autoridades deben interpretar normas de acuerdo con los principios de legalidad, buena fe, favorabilidad, pro homine y veracidad
Derecho A La Reparacion Y Al Retorno
  • Exige del Estado la recuperación de bienes abandonados por víctimas del desplazamiento
Principios Rectores Del Desplazamiento Interno
  • Parámetros para la creación normativa e interpretación de regulación del desplazamiento y atención al desplazado
Principio De Cosa Juzgada Y Seguridad Juridica
  • Imposibilidad de reabrir debate jurídico resuelto
Derechos De Acceso A La Justicia, Al Debido Proceso, A La Reparación Integral Y A La Igualdad
  • Aplicación del principio de centralidad de las víctimas en casos de desplazamiento forzado en acción de grupo
Cosa Juzgada Internacional
  • Jurisprudencia del Consejo de Estado
Garantia De La Reparacion Integral A Las Victimas
  • Principios de complementariedad, prohibición de doble reparación y compensación, de no exclusión, de coherencia externa e interna, de colaboración armónica
Desplazados Internos
  • Condición se adquiere de facto
Victimas De Desplazamiento Forzado
  • Jurisprudencia constitucional
Derecho Internacional De Derechos Humanos
  • Principios rectores de desplazamientos internos o Principios Deng
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
36 topics · 40 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La acción de tutela fue presentada por 28 de las 31 víctimas de la masacre de La Granja incluidos en el anexo de la sentencia Masacres de Ituango vs.

Colombia proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 1º de julio de 2006.

Los peticionarios consideraron que el Consejo de Estado, al declarar probada la excepción previa de cosa juzgada internacional, incurrió en defecto sustantivo o material por la indebida aplicación del artículo 303 del Código General del Proceso.

Ello, por cuanto el juez interamericano que declaró la responsabilidad internacional del Estado Colombiano por esos hechos no fijó, pero tampoco negó, la reparación económica por los perjuicios materiales e inmateriales que solicitaron ante la justicia contenciosa administrativa mediante acción de grupo.

Se reiteró jurisprudencia acerca de la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y se analizó el tema referente a la obligación constitucional de proteger el derecho fundamental a la reparación integral de las víctimas de desplazamiento forzado interno prolongado y su relación con el deber de salvaguardar el acceso efectivo a la justicia, la dignidad humana, la igualdad y el goce efectivo de los derechos fundamentales de esta población especialmente vulnerable.

La Corte concluyó que la Corporación accionada incurrió en un defecto sustantivo o material, porque dio por configurada la excepción de cosa juzgada internacional en los términos del artículo 303 del Código General del Proceso, cuando de los tres juicios de identidad que la a norma prevé (causa, partes y objeto), solo se superaron los dos primeros.

Precisó la Sala Plena que, con lo anterior, se desconoció de manera grave y desproporcionada los derechos de las víctimas de acceder efectivamente a la justicia para reclamar la reparación integral.

Se CONCEDIÓ el amparo invocado y se ordenó a la accionada proferir una nueva decisión en la que tenga en cuenta las consideraciones del presente fallo, especialmente lo relativo a la no existencia de cosa juzgada internacional, especialmente lo relativo a la no existencia de cosa juzgada internacional, así como lo referente a la necesidad de que se valore de manera contextualizada el fallo internacional y se interpreten las normas y la demanda de acuerdo con el principio de centralidad de las víctimas y el imperativo de ofrecerles soluciones duraderas y reparación integral.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sección Tercera, -Subsección "B"-, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el 24 de abril de 2023 que declaró improcedente el amparo, así como la sentencia dictada el 28 de septiembre de 2023, emitida por la Sección Segunda -Subsección "A"- de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que revocó la decisión proferida por la Sección Tercera -Subsección "A"- de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y negó la tutela. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales de los accionantes al acceso efectivo a la administración de justicia, al debido proceso, a la reparación integral y a la igualdad.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS el numeral
  3. primero. de la sentencia dictada por la Subsección "B" de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado el 23 de noviembre de 2022 en tanto ordenó revocar el numeral
  4. primero. del fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Antioquia el 7 de septiembre de 2018 que declaró probada la excepción previa de cosa juzgada internacional en relación con ocho (8) integrantes del grupo accionante que fueron parte del proceso ate la Corte IDH como víctimas de desplazamiento del corregimiento de La Granja y resolvió extender esa figura procesal "a todas las personas que tienen la misma condición y no solo [a] las indicadas en la sentencia de primera instancia, habida cuenta del deber de declarar de oficio las excepciones probadas en el proceso".
  5. Tercero. ORDENAR a la Subsección "B" de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado que, de acuerdo con el artículo 181 de la Ley 1437 de 2011, dentro de los veinte (20) días siguientes a la notificación de esta providencia emita una nueva decisión sobre el fondo del asunto, teniendo en cuenta las consideraciones efectuadas en la presente sentencia, especialmente lo relativo a la no existencia de cosa juzgada internacional, así como lo referente a la necesidad de que se valore de manera contextualizada el fallo internacional y se interpreten las normas y la demanda de acuerdo con el principio de centralidad de las víctimas y el imperativo de ofrecerles soluciones duraderas y reparación integral.
  6. Cuarto. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
ConcurrenceNatalia Ángel CaboConcurrenceVladimir Fernández Andrade
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.