SU- de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Diego Palacio Betancourt·Respondent Corte Suprema De Justicia Sala Penal
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por no incurrirse en defecto sustantivo, por cuanto la decisión proferida por la Corte Suprema no incurrió en error alguno en el encuadramiento de la conducta cometida por los tres procesados e
- Improcedencia al no configurarse violación directa de la Constitución, por cuanto la Corte Suprema de Justicia no incurrió en falta de imparcialidad
- Improcedencia por no configurarse defecto fáctico, por cuanto la admisión o no de distintos medios de prueba, y la valoración de las pruebas realizada por la Corte Suprema no aparece arbitraria, irracional o
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- El argumento de la sentencia C-792 de 2014 no es aplicable toda vez que los supuestos de hecho y la ratio decidendi son sustancialmente diferentes al caso presente
- En la sentencia SU-215 de 2016 no se resolvió una situación análoga a la decidida en esta oportunidad
- Fuerza vinculante de ratio decidendi
- Elemento esencial del debido proceso y la recta administración de justicia
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante considera que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia vulneró su derecho fundamental al debido proceso en varias de sus distintas facetas, entre ellas: i) la relativa a la observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio; ii) la de ser juzgado por un juez competente, independiente e imparcial y con arreglo a las normas vigentes al momento de cometerse el acto imputado; iii) la relacionada con el derecho a presentar pruebas y a debatir las que se alleguen en su contra; iv) la que establece el derecho a un juicio sin dilaciones injustificadas; v) la referente a la presunción de inocencia; vi) la que establece la invalidez de pruebas recaudadas con violación del debido proceso; vii) la atinente al derecho a impugnar el fallo condenatorio, y viii) el principio de favorabilidad en la aplicación de la ley penal.
Lo anterior, en virtud del fallo de única instancia que lo condenó a la pena principal de 80 meses de prisión y a las accesorias de multa e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso de 112 meses, como coautor responsable del delito de cohecho por causa de los ofrecimientos hechos a una congresista.
El peticionario argumentó que el precitado fallo incurrió en los defectos orgánico, procedimental, fáctico, sustantivo, además de violación directa de la Constitución.
Luego de reiterar jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y de corroborar que no se configuró ninguno de los defectos alegados por el accionante, la Sala Plena de la Corporación decidió confirmar las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos ordenada dentro de este proceso mediante auto de junio 9 de 2016.
- SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia dictada por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia el 27 de enero de 2016, que confirmo la inicialmente dictada el 15 de diciembre de 2015 por la Sala de Casacion Civil, en el sentido de DENEGAR la tutela solicitada por Diego Palacio Betancourt contra la Sala de Casacion Penal de la misma corporacion
- TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese, comuniquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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