SU- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Nelcy Elizabeth Jaramillo Zapata·Respondent Tribunal Administrativo De Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Garantía de no caducidad corresponde a la imprescriptibilidad de los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición de las víctimas
- Concepto y fundamento
- Garantía a través de indemnizaciones administrativas o procesos de investigación, juzgamiento y sanción ante la JEP
- Improcedencia por cuanto no se configuró defecto sustantivo, desconocimiento de precedente, ni violación directa de la Constitución en acción de reparación directa
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Desconoce el estándar interamericano de protección derechos humanos en el ámbito interno
- Son imprescriptibles, según Convención Interamericana de Derechos Humanos
- Imprescriptibilidad de la acción penal
- Concepto
- No es absoluta
- Jurisprudencia del Consejo de Estado
- Jurisprudencia constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se interpone la acción de tutela en contra de la decisión judicial que confirmó el fallo que desestimó, por caducidad, el medio de control de reparación directa que impetró la actora con el fin de obtener el resarcimiento de los daños causados por el homicidio de su progenitor por miembros del Ejército Nacional.
Se aduce que dicha providencia incurrió en los siguientes defectos: a). violación directa de la Carta Política; b) defecto sustantivo; c) desconocimiento del precedente y; d) fáctico.
Según la peticionaria, la acción interpuesta no estaba sometida al término de caducidad de dos años establecido en el derecho positivo, puesto que el hecho dañoso imputable al Estado tuvo su origen en un delito de lesa humanidad y, por consiguiente, la imprescriptibilidad penal que se predica de dichas conductas criminales se hace extensiva a la acción contenciosa administrativa.
Luego de revisar si la solicitud de amparo satisfacía los requisitos generales de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, se analizó temática relacionada con: 1º.
La imprescriptibilidad de la acción penal frente a los delitos de lesa humanidad, el genocidio y los crímenes de guerra y, 2º.
La caducidad del medio de control de reparación directa frente a daños originados por la comisión de los precitados delitos por parte de los agentes del Estado.
La Corte concluyó que la decisión de la autoridad judicial cuestionada no vulneró los derechos fundamentales alegados, ni incurrió en los defectos señalados, en tanto la fundamentó en una interpretación razonable y proporcionada del derecho positivo y a partir de una de las posturas jurisprudenciales vigentes para la época.
Con base en lo anterior, confirmó los fallos de instancia que DENEGARON el amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR los fallos expedidos por la Seccion Cuarta del Consejo de Estado, el 23 de noviembre de 2018, y por la Seccion Quinta de la misma corporacion, el 31 de enero de 2019, dentro del proceso de amparo de la referencia, en el sentido de denegar la proteccion constitucional solicitada por Nelcy Elizabeth Jaramillo Zapata en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia.
- SEGUNDO. ORDENAR que, por Secretaria General, se envie al Juzgado 19 Administrativo de Medellin el expediente contentivo del proceso con numero de radicacion 05001-33-31-019-2006-00113-00, remitido a esta Corporacion en calidad de prestamo.
- TERCERO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.