C-725 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Myriam Avila Roldán
✓Claimant Hanser Sebastian Cubides Rojas·Respondent Codigo Civil, Articulo 127, Numerales 8 Y 9
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Parámetro de control
- Pilar fundamental del Estado Social y democrático de derecho
- No presenta en todos los casos el mismo alcance para los extranjeros frente a los nacionales
- Criterios que se deben examinar para establecer trato diferente
- Derechos y deberes
- Jurisprudencia constitucional
- Juicio integrado de igualdad para determinar si se configura tratamiento diferenciado entre condenados a penas superiores a cuatro años de prisión y aquellas condenadas a menos de cuatro años
- Vulnera el derecho a la honra, igualdad y personalidad jurídica, de personas condenadas a pena privativa de la libertad superior a cuatro años
- Alcance de la facultad del legislador para su regulación
- Normas que lo regulan o que disponen sus formalidades, no pueden emplear categorías sospechosas para establecer diferencias entre los contrayentes o para excluir a ciertas personas
- Amplio margen de configuración legislativa
- Efectos personales y patrimoniales
- Regulación y formalidades corresponden por expreso mandato constitucional al legislador
- Evidente contradicción entre función de testigos y justificación de inhabilidad frente a extranjeros no domiciliados en el país
- Infringe el principio de igualdad
- Se omitió establecer distinción entre testimonio como medio de prueba y posibilidad de fungir como testigo
- No concurren criterios para implementar juicio de igualdad estricto
- No existe una obligación legal de fungir como testigo
- Propósito de los testigos presenciales
- Reducción de la capacidad jurídica
- Jurisprudencia constitucional
- Vigencia de normas acusadas
- Contenido
- Tipos
- Cualidades que deben tener
- Pueden ser requeridos de manera diferente dependiendo del tipo de proceso
- Definición
- Testigos inhábiles
- Exclusión como testigos de matrimonio civil ante juez
- Derechos de carácter fundamental
- Reserva de ley
- Resulta ajustado a la Constitución
- No evidencia afectación de los derechos a la honra, dignidad y buena fe
- Contenido y alcance
- Contenido y alcance
- Niveles de intensidad
- Contenido
- Naturaleza y régimen de inhabilidades
- Instrumentos representativos para el juez
- Contenido
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra los numerales 8 y 9 del artículo 127 del Código Civil.
El demandante considera injustificada la exclusión de las personas condenadas a penas de reclusión mayores de cuatro años y de los extranjeros no residentes en Colombia, para fungir como testigos de matrimonio civil ante juez.
Aduce, que con esta disposición se desconocen los derechos a la honra, a la igualdad y a la personalidad jurídica.
Para la Corte, resulta inconstitucional la expresión “Los condenados a la pena de reclusión por más de cuatro años”, contenida en el numeral 8 del artículo 127 del Código Civil y, consecuentemente, la declara INEXEQUIBLE.
En cuanto a la inhabilidad para los extranjeros no domiciliados en Colombia, contenida en el numeral 9º del mismo artículo y norma, considera la Sala que ésta se encuentra ajustada a la Constitución y, en virtud de ello, decide declararla EXEQUIBLE.
What it decided
Holdings on Ley 84/73. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Declarar INEXEQUIBILE la expresion "Los condenados a la pena de reclusion por mas de cuatro anos" contenida en el numeral 8 del articulo 127 del Codigo Civil.
- Segundo. Declarar EXEQUIBILE por los cargos examinados el numeral 9 del articulo 127 del Codigo Civil.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.