C-634 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Franky Urrego Ortiz·Respondent Ley 1751 De 2015
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inexistencia de defectos en trámite posterior al control de constitucionalidad
- No se presentó sanción extemporánea de Ley 1751 de 2015 por parte del Presidente de la República
- Circunstancias de tiempo en que fue sancionada Ley 1751 de 2015 no constituyen vicio de inconstitucionalidad
- No debió devolverse, ni la Corte podía promover la tardanza en la sanción presidencial so pretexto de ser remitida al Congreso para dar trámite meramente formal
- No se podía convalidar dilación inconstitucional de términos para sancionar proyecto que se convirtió en Ley 1751 de 2015
- Devolución de proyecto a las Cámaras no solo no tiene sustento en la Constitución, la ley o la jurisprudencia sino que las contradice
- No se podía devolver al Congreso, ya que ello implicaba que el trámite de la ley tuviera lugar durante más de un período legislativo
- Presidente de la República solo tenía las opciones de sancionar u objetar por inconveniencia proyecto de ley luego del control constitucional
- No se podía devolver al Congreso por cuanto sentencia C-313/14 se expidió cuando ya había expirado legislatura de las Cámaras que aprobaron proyecto de ley
- Carácter definitivo de revisión judicial de la Corte Constitucional
- Plazo para sancionar es preclusivo y no meramente facultativo
- Término para objetar o sancionar
- Término para promulgación
- Términos para objetar, sancionar y promulgar no se cuentan desde la notificación de sentencia de la Corte Constitucional
- Sanción y promulgación de leyes cuando Presidente de la República pierde la competencia
- En la medida que cumpla su trámite en el Congreso durante una legislatura se da alcance a las previsiones del artículo 153 de la Constitución, independiente y separadamente de que su
- Trámite en legislatura parlamentaria
- Control constitucional automático, previo, integral y participativo
- Trámite de revisión de constitucionalidad a sanción presidencial
- Revisión de constitucionalidad
- Envío a la Cámara de origen tiene únicamente propósito de publicidad y no determina los trámites para la sanción de la ley
- Sanción presidencial
- Constitución no impone como presupuesto de validez que sean sancionadas oportunamente sino que Gobierno o Presidente del Congreso deben sancionarlas
- Trámite en legislatura parlamentaria
- Aprobación de leyes deben concebirse como instrumentos para impulsar eficazmente el desarrollo de las labores del Congreso
- Atribución constitucional del Presidente
- Mecanismo de control político legítimo que ejerce el Presidente respecto del Legislador
- Términos para sancionar
- Pérdida de competencia para sancionar leyes
- Se configura vicio formal cuando no sanciona ley estatutaria en los términos establecidos en la Constitución
- Cumplimiento de trámite de sanción y promulgación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 1751 de 2015, por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud.
Le correspondió a la Corte Constitucional establecer si existe un vicio de forma sobreviniente al control constitucional previo y automático efectuado en la sentencia C-313/14 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, por la presunta sanción extemporánea del Presidente de la República y por la omisión del Presidente del Congreso de sancionarla tal y como lo establece el artículo 168 de la Constitución.
Se precisan las reglas en materia de sanción de leyes estatutarias y se concluye que, en el presente caso, no se incurrió en la infracción alegada, dado que no se desconocieron los términos constitucionales señalados en el Estatuto Superior para sancionar y promulgar la Ley 1751 de 2015.
EXEQUIBLE, por los cargos examinados.
What it decided
Holdings on Ley 1751/15. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE la Ley 1751 de 2015 "por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud", por los cargos examinados en la presente sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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