C-463 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Objeciones Gubernamentales Al Proyecto De Ley 54/2015 Senado Y 267 Camara
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Trámite
- Requisitos generales de procedimiento legislativo
- Mecanismo en la elaboración de las leyes que conlleva la presentación de objeciones por razones de inconstitucionalidad e inconveniencia
- Alcance de las facultades de rehacer e integrar proyecto de ley declarado parcialmente inconstitucional
- Análisis formal y material
- Necesidad de concepto de ministro para rehacer proyecto de ley
- Cumplimiento de exigencias constitucionales
- Término de dos legislaturas
- Actuaciones que comprende
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Objeciones Gubernamentales al artículo 2º del Proyecto de Ley No. 54 de 2015 Senado- 267 Cámara, Por el cual se autoriza el reconocimiento de honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales del país y se dictan otras disposiciones.
El Gobierno Nacional formuló una objeción de inconstitucionalidad contra la precitada disposición, por la supuesta vulneración de los artículos 287 y 362 Superiores.
En virtud de la Sentencia C-078/18, la Corte Constitucional se pronunció previamente sobre las objeciones presidenciales formuladas por el Gobierno Nacional y determinó que el proyecto de ley era parcialmente inexequible.
En cumplimiento de lo ordenado en dicho fallo, el Congreso de la República rehízo el Proyecto y, una vez agotado el procedimiento legislativo, remitió a la Corporación el expediente para su revisión y fallo definitivo.
Con la presente providencia la Sala Plena declaró cumplida la exigencia del artículo 167 de la Constitución Política y decidió declarar EXEQUIBLE la expresión: “Los municipios podrán establecer el pago de honorarios a los miembros de las juntas administradoras locales” y ordenó devolver el expediente al Congreso de la República, con el fin de que lo remita a la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República para la correspondiente sanción gubernamental.
What it decided
Holdings on Ley 54/15. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. LEVANTAR los terminos suspendidos en el expediente OG-153 mediante el Auto 438 del 6 de agosto de 2019.
- Segundo. DECLARAR cumplida la exigencia del articulo 167 de la Constitucion Politica y, en consecuencia, frente a la objecion estudiada por esta Corporacion, DECLARAR EXEQUIBLE la expresion: "Los municipios podran establecer el pago de honorarios a los miembros de las juntas administradoras locales" contenida en el numeral 2 del articulo 2 del Proyecto de Ley No. 54 de 2015 Senado - 267 de 2016 Camara, "Por la cual se autoriza el reconocimiento de honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales del pais, y se dictan otras disposiciones".
- Tercero. ORDENAR devolver el expediente al Congreso de la Republica, con el fin de que lo REMITA a la Secretaria Juridica de la Presidencia de la Republica para la correspondiente sancion gubernamental.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.