C-045 de 2001
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No delegación en universidades públicas
- Contenido regulador básico por el legislador
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Proyecto de ley 118 de 1999 camara y 236 de 2000 senado.
Modifica el art. 57 de la ley 30 de 1992.
Autonomia universitaria.
Sistema propio de seguridad social en salud.
Reglas basicas.
Cumplidos los requisitos del art. 167 de la constitucion.
What it decided
Holdings on Proyecto_ley PL-C-045-01/01. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (17 points)
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- Declarase cumplida la exigencia constitucional del articulo 167 superior, en relacion con la Sentencia C-1435 del ano 2000, en cuanto al proyecto de ley No. 118/99- Camara 236/00- Senado, "por la cual se modifica el inciso
- tercero. del articulo 57 de la Ley 30 de 1992", cuyo texto definitivo es el siguiente:
- "EL CONGRESO DE COLOMBIA
- DECRETA
- ARTICULO 1deg. El inciso 3deg. Del articulo 57 de la ley 30 de 1992, quedara asi:
- "El caracter especial del regimen de las universidades estatales u oficiales, comprendera la organizacion y eleccion de directivas, del personal docente y administrativo, el sistema de las universidades estatales u oficiales, el regimen financiero, el regimen de contratacion y control fiscal y su propia seguridad social en salud, de acuerdo con la presente ley".
- ARTICULO 2deg. Adicionese el siguiente paragrafo al Articulo 57 de la ley 30 de 1992:
- "PARAGRAFO. El sistema propio de seguridad social en salud de que trata este articulo, se regira por las siguientes reglas basicas:
- a) Organizacion, direccion y funcionamiento: Sera organizado por la Universidad como una dependencia especializada de la misma, con la estructura de direccion y funcionamiento que igualmente se establezca para el efecto. Sin embargo, las universidades podran abstenerse de organizarlo, para que sus servidores administrativos y docentes y sus pensionados o jubilados elijan libremente su afiliacion a las entidades promotoras de salud previstas por la ley 100 de 1993.
- b) Administracion y financiamiento: El sistema se administrara por la propia Universidad que lo organice y se financiara con las cotizaciones que se establezcan en los terminos y dentro de los limites maximos previstos en el inciso 1deg. del articulo 204 de la ley 100 de 1993. El sistema podra prestar directamente servicios de salud y/o contratarlos con otras instituciones prestadoras de servicios de salud.
- c) Afiliados: Unicamente podra tener como afiliados a los miembros del personal academico, a los empleados y trabajadores, y a los pensionados y jubilados de la respectiva Universidad. Se garantizara el principio de libre afiliacion y la afiliacion se considerara equivalente para los fines del transito del sistema general de la ley 100 de 1993 al sistema propio de las Universidades o viceversa, sin que sean permitidas afiliaciones simultaneas.
- d) Beneficiarios y plan de beneficios: Se tendran en cuenta los contenidos esenciales previstos en el Capitulo III de la ley 100 de 1993.
- e) Aporte de solidaridad: Los sistemas efectuaran el aporte de solidaridad de que trata el articulo 204 de la ley 100 de 1993".
- ARTICULO 3deg. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgacion."
- Enviese al senor Presidente de la Republica para su sancion.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.