C-630 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Luisa Fernanda Gomez Jaimes·Respondent Ley 1642 De 2013, Articulo 2
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Jurisprudencia constitucional
- Funciones
- Contenido
- Jurisprudencia constitucional
- Límites
- Naturaleza y límites
- Jurisprudencia constitucional
- Indeterminación normativa
- No es absoluto
- Sistema de frenos y contrapesos
- Alcance
- Modelos
- Indeterminación de funciones de Comisión de Seguimiento del Congreso y prohibición de inmiscuirse en asuntos de compe
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2º de la Ley 1642 de 2013, mediante la cual se reviste al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias en aplicación del numeral 10 del artículo 150 de la Constitución Política.
La demandante considera que la norma acusada no establece qué funciones debe desempeñar la Comisión de Seguimiento, en relación con el ejercicio de las facultades extraordinarias para reformar la estructura orgánica de la Defensoría del Pueblo y, que con ello, dicha disposición permitiría que la Comisión asumiera funciones muy diversas, por lo que el legislador estaría incurriendo en la prohibición prevista en el numeral 1º del artículo 136 Superior, conforme al cual, el Congreso no debe inmiscuirse, por medio de resoluciones o de leyes, en asuntos de competencia privativa de otras autoridades.
La Corte encontró que, en efecto, la norma demandada adolecía de un alto grado de indeterminación, por cuanto, además de no contener ninguna referencia al alcance de las facultades de la comisión que por ella se crea, el término seguimiento puede dar lugar a gran cantidad de diversos entendimientos, varios de los cuales ciertamente tendrían connotaciones de interferencia a la función del órgano o autoridad que es objeto de aquel.
Esta circunstancia haría claramente posible que en este caso, so pretexto de adelantar tareas de seguimiento, el Congreso de la República pudiera extralimitarse en sus funciones, o inmiscuirse en aquellas propias del Presidente de la República, o de la Defensoría del Pueblo, órgano que por mandato constitucional es autónomo e independiente y que es la entidad para cuya reestructuración se concedieron estas facultades extraordinarias.
De otra parte, la Corte concluyó que el silencio del legislador en torno a este tema infringió también el principio de legalidad establecido en los artículos 6º, 121 y 122 de la Constitución Política, en lo relativo a la determinación de las funciones que se atribuyen a los órganos, autoridades y servidores públicos, que en virtud de tales mandatos debe ser suficientemente clara y precisa.
INEXEQUIBLE. <br> <br>
What it decided
Holdings on Ley 1642/13. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE el articulo 2deg de la Ley 1642 de 2013 "Mediante la cual se reviste al Presidente de la Republica de precisas facultades extraordinarias en aplicacion del numeral 10 del articulo 150 de la Constitucion Politica".
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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