C-308 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Luis Jaime Salgar Vegalara·Respondent Estatuto Tributario Articulo 126-1
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Alcance de la exigencia de “escritura de compraventa” contenida en norma sobre deducción de contribuciones a fondos de pensiones de jubilación e invalidez y fondos de cesantías
- Deducción de contribuciones a fondos de pensiones de jubilación e invalidez y fondos de cesantías
- No puede subsanar unilateralmente las deficiencias del proceso deliberativo, o introducir nuevas problemáticas no analizadas a lo largo del trámite judicial
- Juicio de validez de las restricciones de naturaleza probatoria para el acceso a los beneficios tributarios, que se traducen en dife
- Jurisprudencia constitucional
- Margen de configuración legislativa
- Elementos estructurales del juicio de validez
- Criterios para valorar la aptitud de la demanda y determinar su procedencia y alcance del juicio de constitucionalidad
- No aceptación de argumentos de conveniencia económica
- Connotación exclusivamente probatoria y no se refiere a beneficio tributario como tal
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 126-1 (parcial) del Estatuto Tributario.
El accionante considera que el precepto acusado, según el cual, para acreditar que los recursos provenientes de los aportes a los fondos de pensiones y cesantías se destinaron a la adquisición de vivienda no financiada, a efectos de mantener el beneficio tributario de no ser sometidos a imposición, requiere hacer constar la operación en una escritura pública de compra venta, desconoce el derecho a la igualdad y el principio de equidad en materia tributaria, previstos respectivamente en los artículos 13 y 363 de la Constitución.
La Corte declara la EXEQUIBILIDAD de la expresión “compra venta”, en el entendido de que la acreditación sobre la destinación a la adquisición de vivienda de los aportes voluntarios retirados de los fondos de pensiones y cesantías debe hacerse mediante copia de escritura pública en la que conste cualquier título traslaticio de dominio del inmueble.
What it decided
Holdings on Decreto 624/89. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución
- RESUELVE
- DECLARAR LA EXEQUIBIILIDAD de la expresión "de compra venta" contenida en el artículo 126.1 del Estatuto Tributario, en el entendido de que la acreditación sobre la destinación a la adquisición de vivienda de los aportes voluntarios retirados de los fondos de pensiones y de cesantías debe hacerse mediante copia de escritura pública en la que conste cualquier título traslaticio de dominio del inmueble.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.