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Constitutional review ruling (C)April 25, 2012Full bench

C-301 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Luis Carlos Galvan Galvan·Respondent Ley 1123 De 2007, Articulo 34, Literal F (Parcial)

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Topic · hard data
Abogado Que Hace Revelaciones Amparadas Por El Secreto Profesional Y Por La Necesidad De Evitar La Comision De Un Delito. Exoneración De Responsabilidad Disciplinaria Constituye Una Excepción Legítima Desde La Perspectiva Constitucional
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Codigo Disciplinario Del Abogado
  • La expresión “guardar el secreto profesional, incluso después de cesar la prestación de sus servicios” no es una norma de mandato, sino una norma de autorización
  • La expresión “guardar el secreto profesional, incluso después de cesar la prestación de sus servicios”, permite inferir que no es deber del abogado vulnerar el secreto profesional
  • Deberes profesionales del Abogado
  • La expresión “o que tenga necesidad de hacer revelaciones para evitar la comisión de un delito” constituye claramente una forma de estado de necesidad
Juez Disciplinario
  • Deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos de exoneración de responsabilidad cuando se invoque la aplicación de la expresión “revelación de información para evitar la comisión de un delito”
Profesional Del Derecho
  • En virtud del secreto profesional puede conocer situaciones en las cuales el peligro para el bien jurídico es actual o inminente
Responsabilidad Disciplinaria De Abogado
  • Exclusión cuando se obra para salvar un derecho propio o ajeno al cual deba ceder el cumplimiento del deber, en razón de la necesidad, adecuación, proporcionalidad y razonabilidad
Secreto Profesional De Abogado
  • Tutela
  • Contenido
  • Contenido en el ámbito internacional
Secreto Profesional En Materia Disciplinaria De Abogado
  • Aplicación distinta en relación con otras profesiones
Secreto Profesional
  • Alcance en la jurisprudencia de la Corte Constitucional
  • Definición
  • Fundamentos
  • Alcance distinto en cada profesión
  • Aspecto esencial en el ejercicio de determinadas profesiones, especialmente de aquellas ligadas a servicios personalísimos
  • Características
  • Conexidad con el derecho a la defensa
  • Existencia trato diferenciado en diversos regímenes
  • Garantía autónoma e inviolable
  • Inviolabilidad
  • Nace de una relación de confianza que surge entre el profesional y su cliente
  • Oponible a terceros
  • Relación inescindible con el derecho a la intimidad
  • Revelación
  • Revelación excepcional como forma de estado de necesidad
Abogado Que Hace Revelaciones Amparadas Por El Secreto Profesional Y Por La Necesidad De Evitar La Comision De Un Delito
  • Exoneración de responsabilidad disciplinaria constituye una excepción legítima desde la perspectiva constitucional
Deberes Profesionales Del Abogado
  • Norma secundaria destinada al juez, para que establezca si aplica o no una sanción disciplinaria y autorización, que le permite de manera excepcional al individuo revelar información para evitar la comisión de un delito
Profesional De Derecho
  • En virtud del secreto profesional es un asesor al cual se le consulta en materia administrativa, tributaria, comercial, aduanera, ambiental o financiera, sobre la posibilidad de realizar una determinada actuación
Profesionales Que Revelan Informacion Para Evitar Daños A Terceros
  • Podrían invocar un estado de necesidad justificante o disculpante, según la doctrina penal
Revelacion De Informacion Para Evitar La Comision De Un Delito
  • Criterios esenciales de interpretación según la doctrina penal
Tutela Del Secreto Profesional
  • Puede estar ligada a la tutela de otras garantías fundamentales
13 topics · 32 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Demanda de Inconstitucionalidad contra el literal f) del artículo 34 (parcial) de la ley 1123 de 2007.

Por la cual se establece el Código Disciplinario del Abogado.

El aparte demandado es el siguiente: “…, o que tenga necesidad de hacer revelaciones para evitar la comisión de un delito”.

La Corte determinó que la exoneración de responsabilidad disciplinaria al abogado que hace revelaciones amparadas por el secreto profesional, por la necesidad de evitar la comisión de un delito, constituye una excepción legítima desde la perspectiva constitucional.

Se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del aparte demandado, siempre y cuando tal conducta se encuadre en la causal de exoneración contemplada en el numeral 4º del artículo 22 de la Ley 1123 de 2007. <br> <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 1123/07. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 34Ley 1123/07 «Literal f»UPHELD
1 holding · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (22 points)
  1. PRIMERO. Declarar exequible la expresion "o que tenga necesidad de hacer revelaciones para evitar la comision de un delito" contemplada en el literal f) del articulo 34 de la ley 1123 de 2007, siempre y cuando tal conducta se encuadre en la causal de exoneracion contemplada en el numeral 4 del articulo 22 de la Ley 1123 de 2007.
  2. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  3. Presidente
  4. MARIA VICTORIA CALLE CORREA
  5. Magistrada
  6. JUAN CARLOS HENAO PEREZ
  7. Magistrado
  8. MAURICIO GONZALEZ CUERVO
  9. Magistrado
  10. Impedimento aceptado
  11. JORGE IVAN PALACIO PALACIO
  12. Magistrado
  13. NILSON ELIAS PINILLA PINILLA
  14. Magistrado
  15. JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
  16. Magistrado
  17. HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
  18. Magistrado
  19. Ausente con excusa
  20. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
  21. Magistrado
  22. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.