C-1177 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Yaritza Xiobel Colina Ruiz Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Derecho fundamental de aplicación inmediata
- Configuración legal
- Derechos que compromete marco jurídico de aplicación
- Acto constitutivo y propulsor de la actividad estatal
- Acto debido
- Acto formal
- Ampliación “por una sola vez” debe entenderse sin perjuicio de los derechos de la víctimas de delitos
- Características
- Concepto
- Exigencia de carga informativa
- Fines que persigue la inadmisión
- Naturaleza
- Parámetros constitucionales para determinar el fundamento
- Advertencia sobre responsabilidad penal en caso de falsedad
- Autoridad que resuelve inadmisión
- Autoridades públicas no pueden poner trabas injustificadas a quien desea presentarla
- Carácter informativo
- Exigencia de que hechos denunciados revistan las características de delito
- Exoneración del deber de denunciar
- Finalidad de la norma que establece que la ampliación de la denuncia solo podrá hacerse por una vez
- Motivación de la inadmisión
- No desistible
- Requisitos
- Inadmisión de denuncia sin fundamento
- Ampliación de denuncia "por una sola vez"
- Inadmisión de denuncia penal
- Limitaciones de modo
- Límites a configuración legal
- Posibilidad de ser limitado por el legislador
- Alcance
- No es absoluto
- Sometimiento de controles externos
- Aplicación
- Determinación del fundamento de la denuncia
- Concepto
- Concepto
- Exigencia de una mínima fundamentación para promoverla
- Concepto de eficiencia
- Establecimiento de mínimas cautelas para la formulación de denuncia penal
- No exclusión absoluta como medio de activación de la justicia penal
- Inadmisión
- Diferencias
- Aplicación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 906 de 2004 artículo 69 parcial "por la cual se expide el código de procedimiento penal".
Requisitos de la denuncia de la querella o de la petición.
A juicio de los demandantes los apartes acusados de la norma infringen el artículo 229 de la constitución por cuanto habilitar a la fiscalía para inadmitir las denuncias que considere carentes de fundamento limita el libre acceso a la administración de justicia.
Naturaleza de la denuncia como acto procesal.
El alcance del derecho de acceso a la justicia en la constitución y la jurisprudencia.
Límites por parte del legislador.
La inadmisión de las denuncias sin fundamento y su ampliación por una sola vez constituyen limitaciones constitucionalmente razonables al derecho de acceso a la justicia ?.
La eventual inadmisión de una denuncia no se vislumbra así como un acto propio de la nuda liberalidad del funcionario investigador se trata de una decisión que sólo puede legitimarse por la ausencia en el caso concreto de los parámetros constitucionales que condicionan la obligatoriedad en el ejercicio de la acción penal: La posible existencia del hecho y que el mismo revista las características de un delito investigable de oficio.
La expresión "en todo caso se indamitirán las denuncias sin fundamento" del inciso 2° del artíuclo 69 es compatible con la constitución siempre y cuando se entienda que la inadmisión de la denuncia únicamente procede cuando el hecho no existió o no reviste las características de delito.
Esta decisión debidamente motivada debe ser adoptada por el fiscal y comunicada al denunciante y al ministerio público.
Exequibilidad condicionada
What it decided
Holdings on Ley 906/04. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "En todo caso se inadmitiran las denuncias sin fundamento", del inciso 2deg del articulo 69 de la Ley 906 de 2004, en el entendido que la inadmision de la denuncia unicamente procede cuando el hecho no existio, o no reviste las caracteristicas de delito. Esta decision, debidamente motivada, debe ser adoptada por el fiscal y comunicada al denunciante y al Ministerio Publico.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "por una sola vez", de los incisos 2deg y 3deg del articulo 69 de la Ley 906 de 2004, por los cargos analizados en esta sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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