C-019 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Cindy Paola Cotes Murgas·Respondent Ley 138 De 1994 Y Otra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Concepto
- Determinación
- Definición
- Características
- Exigencias
- Vulneración al no determinarse ni ser determinable la base gravable
- Contenido
- Contenido y alcance
- Condiciones para delegación en la administración
- Requisitos que se deben cumplir cuando se invoca la violación del principio de unidad de materia
- Reiteración de jurisprudencia
- Finalidad
- Obligación del legislador de definir claramente los elementos del tributo
- Órganos de representación popular deben determinar los elementos estructurales del tributo
- Aplicación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La actora formuló dos demandas de inconstitucionalidad.
La primera, en contra del parágrafo 1º del artículo 5º de la Ley 138 de 1994, por la cual se establece la cuota para el fomento de la Agroindustria de la Palma de Aceite y se crea el Fondo del Fomento Palmero, por la presunta vulneración de los principios de legalidad y certeza tributaria, al no fijar de manera clara y precisa la base gravable de la cuota de fomento palmero.
La segunda, en contra el artículo 28 de la Ley 1151 de 2007, por medio del cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, por la infracción al principio de unidad de materia contemplado en el artículo 158 Superior, en tanto no guarda una relación de conexidad directa e inmediata con los objetivos de esta Ley.
En relación con la primera demanda la Corte estableció que la disposición cuestionada sí trasgrede el principio de legalidad tributaria, en su faceta de certeza, al establecer que la base gravable de la cuota de fomento palmero será el precio de cada kilogramo de palmiste y de aceite crudo de palma extraído y que esta se liquidará con base en los “precios de referencia” que el MADR señale para cada semestre , lo cual genera una indefinición insuperable en los términos de la jurisprudencia constitucional, lo cual la llevó a declarar su INEXEQUIBILIDAD con efectos diferidos a dos legislaturas completas, contadas a partir del 20 de julio de 2022.
Respecto a la otra demanda decidió declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo, por su ineptitud sustantiva, en tanto no satisface las exigencias mínimas de argumentación.
What it decided
Holdings on Ley 138/94. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (24 points)
- PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLE con efectos diferidos a dos legislaturas completas, contadas a partir del 20 de julio de 2022, el parágrafo 1º del artículo 5º de la Ley 138 de 1994.
- SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo acerca de la constitucionalidad del artículo 28 de la Ley 1151 de 2007 por ineptitud sustantiva de la demanda.
- ANTONIO JOSE LIZARAZO OCAMPO
- Presidente
- Aclaración de voto
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBAÑEZ NAJAR
- Magistrado
- Aclaración de voto
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- ALBERTO ROJAS RIOS
- Magistrado
- Aclaración de voto
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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