T-945 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Gladis Blanco Maldonado Vs. Hospital Universitario De Barranquilla
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Continuidad de tratamiento médico
- Fundamental
- Continuidad
- Deber de atención a personas vinculadas
- Responsabilidad de las entidades territoriales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la vida y la seguridad social de menor beneficiaria del regimen subsidiado a quien su medico le diagnostico escoliosis toraco-lumbar por lo cual requiere cirugia que la entidad se niega a practicarle por los altos costos que representa.
Solicita se ordene la intervencion quirúrgica formulada por el medico tratante.
Protección constitucional reforzada del derecho a la salud de los menores de edad.
Deber de atención a las personas que ostentan la calidad de vinculadas al sistema general de salud.
Responsabilidad de las entidades territoriales.
El modelo legal dirigido a garantizar el derecho a la seguridad social en salud a la población de menores ingresos permite el suministro de la atención en condiciones de accesibilidad suficiente a los participantes vinculados.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la Sentencia proferida el 31 de marzo de 2005, por el Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Barranquilla y, en consecuencia, CONCEDER la tutela de los derechos invocados a través de apoderado judicial por la señora Gladis Blanco Maldonado, en representación de su menor hija María Lizeth Cáceres Blanco.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaría de Salud Departamental de Atlántico que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta Sentencia, adelante las gestiones de coordinación con el Hospital Universitario de Barranquilla E.S.E, o con las instituciones públicas o privadas prestadoras del servicio de salud adscritas o con las que tenga contrato, con el fin de que le sea practicada a la menor María Lizeth Cáceres Blanco, la intervención quirúrgica ordenada por su médico tratante, en razón de la "Escoliosis Toraco - Lumbar" que padece, sin perjuicio del derecho que le asiste a las entidades de reclamar ante el Fosyga por los gastos en que incurran.
- Tercero. ORDENAR a la Alcaldía del Municipio de Palonuevo - Atlántico, que, en el término de cuarenta ocho (48) horas, incluya dentro de la base de datos del SISBEN, a la menor María Lizeth Cáceres Blanco, a efectos de evitar que en un futuro, sea esa la razón para no prestar de manera oportuna y eficiente los servicios de salud que requiera.
- Cuarto. Por Secretaría General de esta Corporación, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.