T-771 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Luis Enrique Yepes Gonzalez·Respondent Juzgado Segundo Civil Municipal De Soledad Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto se dio pleno cumplimiento a las garantías procesales que tenían los accionantes a favor dentro del proceso de restitución de inmueble arrendado
- Reiteración de jurisprudencia
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
- Notificación personal del auto admisorio de demanda
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Aduce el actor que sus derechos fundamentales fueron vulnerados, con ocasión de una diligencia de lanzamiento del inmueble que habita y que le fue facilitado para efectos de desempeñar sus labores como celador, con base en un proceso de restitución de inmueble arrendado del cual no tuvo conocimiento y que se inició con base en un contrato que a su juicio, es falso.
Se analiza temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales; el derecho al debido proceso, la indebida notificación en el marco del proceso de restitución de inmueble arrendado y, el derecho al trabajo.
Al no encontrar acreditada la vulneración de derechos alegada, en tanto el proceso de restitución se dio con pleno cumplimiento de las garantías procesales, la Corte decidió, por un lado declarar la IMPROCEDENCIA del amparo en cuanto al derecho al trabajo invocado y NEGARLO, respecto a la solicitud de amparo del derecho al debido proceso.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Soledad, el veinticuatro (24) de febrero de dos mil quince (2015) en primera instancia y, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla el veintisiete (27) de mayo de la misma anualidad en segunda instancia, en lo atinente a la declaratoria de IMPROCEDENCIA del amparo del derecho fundamental al trabajo.
- SEGUNDO. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Soledad, el veinticuatro (24) de febrero de dos mil quince (2015) en primera instancia y, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla el veintisiete (27) de mayo de la misma anualidad en segunda instancia, que declararon improcedente la accion de tutela incoada por Luis Enrique Yepes Gonzalez contra la Inspeccion Cuarta de Policia del Municipio de Soledad, el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Descongestion de Soledad y el senor Alberto Mario Ucros Fernandez respecto de la solicitud de proteccion del derecho al debido proceso, y en su lugar, NEGAR el amparo deprecado.
- SEGUNDO. LIBRAR las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.