T-733 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Edwin Chacon Reyes·Respondent Policia Nacional
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Improcedencia por cuanto no se cumple con el requisito de subsidiariedad y además se interpuso una acción de nulidad y restablecimiento del derecho
- Entidad pública
- Contenido y alcance
- Ley 1437 de 2011 art. 229
- Requisitos para decretar las medidas cautelares
- Procedencia
- Reiteración de jurisprudencia
- Relevancia para el juez constitucional cuando además de la propiedad se afectan otros derechos constitucionales
- Procedencia excepcional
- Improcedencia de tutela por existir otro mecanismo de defensa
- Universalidad e igualdad
- Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
- Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, igualdad, petición.
El accionante se vinculó a la Policía Nacional en enero de 1992 y fue retirado por voluntad del Gobierno Nacional, en septiembre de ese mismo año, cuando ostentaba el grado de Mayor.
Interpuso una acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra el respectivo acto administrativo y al resolverse el proceso, se declaró la nulidad parcial del Decreto, en lo referente al retiro.
En dicha decisión judicial se condenó a la Policía Nacional al pago de las acreencias laborales y prestaciones sociales causadas desde el retiro y se ordenó el reintegro sin solución de continuidad.
El actor solicitó el cumplimiento del fallo con el ánimo de ser ascendido al grado de Teniente Coronel.
A su juicio, su situación personal era similar a la de los oficiales que habían sido inmediatamente ascendidos, después de haber sido restablecidos o reincorporados.
La entidad adujo que la situación del actor fue valorada bajo criterios objetivos por los órganos competentes, arrojando un resultado negativo que no permitió recomendarlo para el ascenso.
Para la Sala, es improcedente el amparo como mecanismo transitorio, en razón a que no se superó el requisito de subsidiariedad, en tanto el perjuicio irremediable alegado no cumplió con los presupuestos fijados por la jurisprudencia constitucional, para determinar su existencia, estos son, que sea cierto e inminente, grave y de urgente atención Se concede el amparo respecto del derecho de petición alegado, en tanto se encontró que la entidad no dio respuesta a la solicitud dentro del término legalmente establecido.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia del veintisiete (27) de febrero de dos mil catorce (2014), proferida por la subseccion A de la Seccion Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que revoco el fallo de primera instancia del dieciseis (16) de enero de dos mil catorce (2014), de la Subseccion C, de la Seccion Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y, tutelo el derecho fundamental de peticion del Mayor Edwin Chacon Reyes.
- Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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