T-686 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Elizabeth Herrera Neira·Respondent Seccion Segunda Del Consejo De Estado
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto se realizó una adecuada valoración de las pruebas respecto a la desvinculación de los cargos de libre nombramiento y remoción
- Características
- Discrecionalidad relativa y restringida
- Dimensiones
- El acto de desvinculación no puede calificarse como arbitrario o dictado con desviación de poder
- Acto de desvinculación no requiere motivación por pérdida de confianza
- Deben gozar de plena confianza, confidencialidad, seguridad, conocimiento personal y sometimiento a la dirección
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, igualdad, trabajo, libre desarrollo de la personalidad, circular libremente por el territorio nacional y permanecer en él.
Tutela contra providencia judicial.
Para la actora, la Sección Segunda del Consejo de Estado vulneró sus derechos fundamentales, al revocar la sentencia proferida en primera instancia y en su lugar negar las pretensiones de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho impetrada por ella en contra del INVIMA.
Para ella, La Corporación accionada realizó una errónea apreciación del material probatorio obrante en el expediente, el cual daba cuenta de la existencia de una desviación de poder en la decisión de declararla insubsistente del cargo que desempeñaba en dicho Instituto.
La demandante aduce que su retiro no se produjo por razones del buen servicio, sino por diferencias surgidas con el Director de la entidad, frente al manejo de un proceso de investigación de unos productos alimentarios.
Para ella, la declaratoria de insubsistencia se dio de manera arbitraria, con exceso de la potestad legal del nominador y en contravía de la jurisprudencia del propio Consejo de Estado, según la cual, si bien los funcionarios de libre nombramiento y remoción pueden ser retirados del servicio mediante actos discrecionales no motivados, el retiro no puede darse por desviación del poder.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.
Requisitos generales y específicos de dicha procedencia, haciendo especial énfasis en el defecto fáctico. 3º.
La confianza como criterio determinante en cargos de libre nombramiento y remoción. 4º.
La discrecionalidad en materia de funcionarios de libre nombramiento y remoción y, 5º.
La desvinculación de funcionarios de libre nombramiento y remoción por pérdida de confianza.
Para la Corte, la Corporación accionada no incurrió en el defecto fáctico por omisión alegado, porque sí valoró adecuadamente las pruebas obrantes dentro del acervo probatorio del proceso contencioso administrativo y les otorgó un valor acorde con las consideraciones legales y jurisprudenciales respecto a los cargos de libre nombramiento y remoción.
Se confirman las decisiones de instancia que NEGARON el amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. CONFIRMAR por las razones expuestas en esta providencia, la Sentencia proferida el veinte (20) de marzo de dos mil catorce (2014), por la Seccion Quinta del Consejo de Estado, la cual confirmo el fallo del veinticuatro (24) de octubre de dos mil trece (2013) de la Seccion Cuarta del Consejo de Estado, en cuanto denego el amparo de los derechos fundamentales invocados por la senora Elizabeth Herrera Neira.
- SEGUNDO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.