T-677 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Angel Alberto De Avila Vergara·Respondent Minsterio De Defensa Nacional Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden al Ministerio de Defensa Nacional valorar nuevamente la capacidad laboral del accionante, si la calificación es superior al 50% reconocer y pagar pensión de invalidez
- Aplicación de la ley 923 de 2004
- Caso en que disminución de capacidad laboral está por encima del 50% y es menor al 75%
- Régimen jurídico aplicable
- Inaplicación cuando violación de derechos persiste en el tiempo
- Persona con discapacidad o con alguna enfermedad grave, especial situación de los miembros de la Fuerza Pública
- Procedencia excepcional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En el presente asunto el demandante considera que la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares vulnera sus derechos fundamentales al mínimo vital, a la igualdad, a la seguridad social, a la vida digna y al debido proceso, al negarle el reconocimiento de la pensión de invalidez, a la que considera tiene derecho por haber perdido su capacidad laboral en porcentaje del cincuenta y dos por ciento, en un accidente ocurrido en 1994, por causa y razón del servicio.
La entidad accionada fundamentó su decisión en el hecho de que las normas especiales vigentes al momento en que el actor fue retirado de la institución, no contemplaban el reconocimiento de la prestación reclamada para personas con incapacidades laborales inferiores al 75%.
La Sala de Revisión verifica el cumplimiento del requisito de inmediatez y estudia la jurisprudencia de la Corporación respecto de la pensión de invalidez de los miembros de la Fuerza Pública que han perdido su capacidad laboral en un porcentaje superior al 50% pero inferior al 75%.
Se CONCEDE la tutela, se dejan sin efectos las resoluciones emitidas por el Ministerio de Defensa Nacional en cuanto denegaron el reconocimiento de la pensión de invalidez al accionante y se ordena realizar los trámites necesarios para una nueva valoración.
Se precisa que, si la calificación es superior al 50%, se deberá reconocer la prestación reclamada.<br>NOTA DE RELATORIA: Mediante auto 039 del siete (7) de marzo de dos mil trece (13) se corrigió la presente sentencia, específicamente, los numerales segundo y tercero.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR el fallo del veintiseis (26) de enero de dos mil doce (2012) proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, que confirmo la sentencia del seis (6) de diciembre de dos mil once (2011) emitida por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota, en cuanto declararon improcedente la accion de tutela. En su lugar, se CONCEDE el amparo definitivo de los derechos fundamentales al minimo vital y la seguridad social de Angel Alberto de Avila Vergara.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS las resoluciones No. 12439 de 1993 y la 2976 de 1994, asi como la respuesta No. 100293 de 2011, emitidas por el Ministerio de Defensa Nacional, en cuanto denegaron el reconocimiento de la pension de invalidez al accionante.
- Tercero. ORDENAR al Ministerio de Defensa Nacional que, en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este fallo, realice los tramites necesarios para que se valore nuevamente la capacidad laboral del senor Angel Alberto de Avila Vergara. Si la calificacion es superior al 50%, el Ministerio de Defensa Nacional debera reconocerle en un termino de cuarenta y ocho (48) horas la pension de invalidez, conforme a las consideraciones de esta sentencia y la jurisprudencia de esta Corporacion. El pago correspondiente debera realizarse dentro del mes siguiente a la ejecutoria del acto administrativo que ordena la pension.
- Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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