T-662 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Pedro Felipe Arciniegas Rueda Vs. Colmedica
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No están dados los requisitos para inaplicación de exclusiones de la cobertura del POS
- Implante coclear bilateral
- Condición programática tiende a transmutarse hacia un derecho subjetivo
- Se autorizó y se realizó convenio con médico particular que practicó cirugía de implante coclear del oido izquierdo
- Concepto y aplicación
- Continuidad del servicio de salud por Colmédica para próxima cirugía de implante coclear autorizado por médico particular
- Requisitos para ordenar servicios médicos o medicamentos excluidos del POS
- Fundamental por transmutación en derecho subjetivo o por conexidad
- Alcance
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud y a la vida de afiliado tanto en su condicion de beneficiario del pos como de medicina prepagada a colmedica que padece sordera profunda bilateral y a quien su medico tratante de formulo audifonos e implante coclear bilateral pero la entidad se niega a realizar los procedimientos aduciendo que se trata de un procedimiento que se encuentra excluido del pos y excluido del contrato de medicina prepagada.
Solicita se ordene la realizacion del implante coclear en el oido izquierdo incluyendo los gastos de hospitalizacion medicamentos y recuperacion.
Proteccion por via de tutela de los derechos a la seguridad social y a la salud.
Requisitos para la inaplicacion de las exclusiones del pos.
Procedencia de la accion de tutela contra las empresas de medicina prepagada.
En la relacion existente entre la entidad de medicina prepagada y el usuario rigen los principios del derecho privado cuya interpretacion puede ser atenuada por el juez constitucional cuando se comprometan derechos fundamentales de los afiliados.
Implante coclear: Vida digna.
No estan dados los presupuestos para la inaplicacion de las exclusiones de la cobertura del pos.
El accionante no demostro la incapacidad economica.
La tutela no esta llamada a prosperar frente a colmedica eps.
Medicina prepagada y medico tratante.
Si bien el implante coclear no se encuentra cubierto por el contrato de medicina prepagada la entidad si se encuentra obligada a cubrir el costo del procedimiento quirurgico de la etapa de conexión y de programacion de la protesis y del tratamiento de rehabilitacion.
Relativos al implante coclear.
Concedida respecto de la medicina prepagada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos en este proceso, ordenada mediante auto de fecha cinco (5) de mayo de 2006.
- SEGUNDO. REVOCAR PARCIALMENTE la Sentencia proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal de Bogota, dentro de la accion de tutela instaurada por Pedro Felipe Arciniegas Rueda contra Colmedica EPS.
- TERCERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE la Sentencia proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal de Bogota, en el sentido de NO TUTELAR los derechos a la salud y a la vida del accionante en relacion con el suministro de la protesis de implante coclear del oido derecho.
- CUARTO. TUTELAR los derechos a la salud y a la vida del accionante en relacion con el procedimiento quirurgico, el procedimiento de conexion y programacion de la protesis y el proceso de rehabilitacion, respecto de la cirugia de implante coclear del oido derecho que debe realizar al accionante su medico tratante, doctor Jose A. Rivas. En consecuencia, ORDENAR a Colmedica Medicina Prepagada que, en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, asuma con cargo a sus propios recursos el costo del procedimiento quirurgico, del procedimiento de conexion y programacion de la protesis y del proceso de rehabilitacion en lo que tiene que ver con la cirugia de implante coclear del oido derecho del accionante. Para tal efecto, la entidad accionada debera suscribir convenio con el doctor Jose A. Rivas, de acuerdo con los costos que tales servicios demanden al momento en que los mismos se lleven a cabo.
- QUINTO. DECLARAR, respecto de la cirugia de implante coclear del oido izquierdo del accionante, la carencia actual de objeto por existir un hecho superado.
- SEXTO. ORDENAR a la Secretaria General de esta Corporacion que, sin perjuicio de dar cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, NOTIFIQUE la presente decision a las partes de este proceso, a fin de asegurar que la diligencia de notificacion sea oportuna y permita asegurar que los procedimientos requeridos por el actor para proteger su derecho a la salud en conexidad con la vida digna se lleve a cabo en el menor tiempo posible.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.