T-306 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Liliana Andrea Garces Piedrahita·Respondent Coomeva E.P.S.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No se vulneró el principio de continuidad en el servicio de salud, por cuanto es claro que a la accionante nunca se le inició el tratamiento denominado “inmunoterapia con leucocitos paternos”
- Se debió proteger por cuanto la ausencia del procedimiento vulnera los derechos fundamentales a la salud, la dignidad humana, a la autonomía reproductiva, al libre desarrollo de la personalidad y a conformar un
- Se debió proteger por cuanto el tratamiento solicitado no tiene sustitutos en el Plan de Beneficios en Salud, fue prescrito por una médica adscrita a la EPS a la cual se encuentra afiliada la accionante y ésta
- Reiteración de jurisprudencia sobre su procedencia excepcional en los casos establecidos por la Corte Constitucional
- Orden a EPS autorice tratamiento de fertilidad
- Principios rectores como oportunidad, eficiencia, calidad, integralidad y continuidad del servicio
- Vulneración por EPS al suspender tratamiento de fertilidad ya iniciado
- La providencia argumenta que la Sentencia T-274/15 constituye jurisprudencia en vigor, sin embargo, dicho fallo constituye un precedente aislado, pues es la única providencia en la que efe
- Sentencias T-528/14 y T-274/15
- Se reitera exhorto al Gobierno Nacional para que realice la revisión de la situación que tienen que enfrentar las personas que padecen de infertilidad y no cuentan con recursos económicos para costear lo
- Todo paciente tiene derecho a que se determinen las causas de la infertilidad y a un diagnóstico certero con el fin de establecer los tratamientos y procedimientos pertinentes
- Insuficiencia de regulación en los tratamientos de fertilidad
- Jurisprudencia constitucional anterior a 2014
- Protección de la autodeterminación reproductiva y el acceso a servicios de salud reproductiva
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante padece de infertilidad primaria en tanto ha tenido siete abortos espontáneos recurrentes, que le han ocasionado serios problemas a su salud.
La E.P.S. accionada le autorizó con anterioridad los exámenes diagnósticos prescritos por los médicos tratantes a fin de determinar la terapéutica a seguir.
Concluida la etapa diagnóstica, le fue ordenado un tratamiento denominado inmunoterapia con leucocitos paternos, el cual fue negado por la Entidad bajo el argumento de no estar previsto en el POS.
Por su parte, el juez de instancia negó el amparo aduciendo que las circunstancias de la demandante no se ajustaban a los estándares de excepción establecidos por la Corte Constitucional en los casos de amparo a los derechos reproductivos.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
La seguridad social y el derecho a la salud.
Fundamentalidad y cobertura. 2º.
El deber de las E.P.S. de respetar los principios de integralidad, oportunidad y continuidad en la prestación de los servicios de salud.
Reiteración de jurisprudencia. 3º.
Los tratamientos de fertilidad a la luz de la jurisprudencia vigente hasta 2014. 4º.
La jurisprudencia en vigor sobre los derechos sexuales y reproductivos.
Sentencias T-528/14 y T-274/15.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la accionada autorizar el tratamiento prescrito, previo consentimiento informado respecto de las tasas de éxito y de fracaso de la mencionada terapia y de sus potenciales efectos colaterales.
Se reitera el exhorto al Gobierno Nacional, para que realice la revisión de la situación que tienen que enfrentar las personas que padecen de infertilidad y no cuentan con recursos económicos.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. LEVANTAR los terminos suspendidos en el presente proceso.
- SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juez
- Sexto. Civil Municipal En Oralidad de Armenia y en consecuencia, CONCEDER a la senora LILIANA ANDREA GARCES PIEDRAHITA la tutela de los derechos fundamentales sexuales y reproductivos, a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad y a conformar una familia.
- TERCERO. ORDENAR a la EPS COOMEVA - Seccional Pereira - que dentro de los veinte (20) dias siguientes a la notificacion de esta decision, autorice el tratamiento de inmunoterapia con linfocitos paternos, previo consentimiento informado de la accionante respecto de las tasas de exito y de fracaso de la mencionada terapia y de sus potenciales efectos colaterales.
- COOMEVA EPS debera igualmente brindar el acompanamiento que requiera la accionante en el transcurso del tratamiento y una vez el mismo finalice. Lo anterior, teniendo en cuenta las eventuales consecuencias sicologicas causadas por la imposibilidad de lograr un embarazo.
- CUARTO. REITERAR el exhorto al Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Salud y Proteccion Social y la Direccion de Regulacion de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud, para que realice la revision de la situacion que tienen que enfrentar las personas que padecen de infertilidad y no cuentan con recursos economicos.
- QUINTO. LIBRENSE por Secretaria General las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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