JurídicoESEN
Tutela ruling (T)August 16, 2012

T-638 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Luis Alberto Ramos Pajaro Y Otro·Respondent Juzgado Once Administrativo De Bogota Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Orden de emitir un nuevo fallo en el que se aplique el precedente de la Corte Constitucional que obliga a motivar los actos de retiro del servicio de los miembros de las fuerzas armadas
  • Procedencia por desconocimiento del precedente judicial en materia de necesidad de motivación del acto de retiro discrecional de miembros de la Fuerza Pública
  • Procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Facultad Discrecional Para El Retiro De Miembros De La Fuerza Publica
  • Las razones del retiro deben ser objetivas, probadas, razonables y proporcionadas y motivadas
Retiro Discrecional Por Razones Del Servicio De Oficiales Y Suboficiales De La Policia Nacional Y Fuerzas Militares
  • Casos en que Ejército y Policía Nacional desvinculan a los accionantes mediante resoluciones inmotivadas
  • Alcance de la facultad discrecional
  • Motivación del acto administrativo
4 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Igualdad, debido proceso, trabajo.

Tutela contra providencia judicial.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Los actores coinciden en demandar las sentencias que decidieron en primera y segunda instancia los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho donde actuaban como demandantes, alegando que las autoridades judiciales vulneraron sus derechos fundamentales, al avalar un acto administrativo que de forma inmotivada los retiró del servicio activo del Ejército y de la Policía Nacional, respectivamente.

La Sala reitera jurisprudencia relacionada con el deber de motivación en la facultad discrecional de los actos de retiro de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional y sobre la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, haciendo una breve caracterización del defecto por desconocimiento del precedente constitucional.

Se CONCEDE el amparo solicitado por los demandantes, se dejan sin efectos las decisiones judiciales atacadas y se ordena a las autoridades accionadas emitir un nuevo fallo en el que se aplique el precedente de la Corporación, que obliga a motivar los actos de retiro del servicio de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida, el 9 de febrero de 2012 por la Subsección B de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que confirmó el fallo del 3 de noviembre de 2011, emitido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado que negó el amparo constitucional solicitado, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos al debido proceso y a la igualdad, del señor Luis Alberto Ramos Pájaro.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTO las sentencias proferida por el Juzgado Once Administrativo del Circuito de Bogotá y la Subsección B, de la Sección Segunda del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca del 28 de abril de 2010 y el 4 de agosto de 2011 respectivamente. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 124 del Código de Procedimiento Civil se le ordenará al juez de segunda instancia que dentro de los 40 días siguientes a la notificación de esta providencia emita un nuevo fallo en el que aplique el precedente de la Corte Constitucional que obliga a motivar los actos de retiro del servicio de los miembros de las fuerzas armadas.
  3. Tercero. REVOCAR la sentencia proferida, el 2 de noviembre de 2011 por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que confirmó el fallo del 3 de agosto de 2011, emitido por la Subsección A de la Sección Segunda de la misma Corporación que negó el amparo constitucional solicitado, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos al debido proceso y a la igualdad, del señor Armando Lozada Cardona.
  4. Cuarto. DEJAR SIN EFECTO las sentencias proferida por el Juzgado
  5. Tercero. Administrativo del Circuito de Pereira y el Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda del 3 de febrero de 2010 y del 14 de abril de 2011, respectivamente. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 124 del Código de Procedimiento Civil se le ordenará al juez de segunda instancia que dentro de los 40 días siguientes a la notificación de esta providencia emita un nuevo fallo en el que aplique el precedente de la Corte Constitucional que obliga a motivar los actos de retiro del servicio de los miembros de la Policía Nacional.
  6. Quinto. LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 55cited by 18 →T-638/12C-037/96 — Proyecto De Ley N°58/94 Senado Y 264/95 Camara Estatutaria De La Admon De Justicia. Exequibles E Inexequibles. · cited 1,231 timesC-037/961996SU.1184/01 — Derecho Al Debido Proceso. Desconocimiento Del Juez Natural. Fuero Penal Militar E Integral. Deberes De Seguridad En El Trafico Y Salvamento · cited 642 timesSU.1184/012001T-292/06 · cited 614 timesT-292/062006SU.047/99 — Debido Proceso. Inviolabilidad De Los Congresistas. Incompetencia De La Corte Suprema Para Investigar Los Votos De Los Representantes En El · cited 533 timesSU.047/991999SU.120/03 — Derechos Al Debido Proceso Igualdad Trabajo Y Seguridad Social. Via De Hecho. Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Principio De Favora · cited 372 timesSU.120/032003C-131/93 — Dec. 2067/91 Art. 2 Num. 2 3 4 5 Y 23. Cosa Juzgada Constitucional. Cumplimiento De Sentencias. Exequibles Salvo Art. 23 Expresion "obli · cited 325 timesC-131/931993T-179/03 — Derecho Al Minimo Vital De Empleado Publico. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Doble Pension. Incompatibilidad. Iss. Negada. · cited 224 timesT-179/032003T-576/98 — Der. Al Trabajo. Motivacion De Actos Administrativos. Retiro De Notario. Concedida. · cited 163 timesT-576/981998SU.053/15 · cited 148 timesSU.053/152015T-361/17 — Derecho De Participación En Materia Ambiental, En El Marco De La Expedición De La Resolución Que Delimitó Páramo De Santurban · cited 115 timesT-361/172017T-719/13 · cited 67 timesT-719/132013SU.172/15 · cited 60 timesSU.172/152015C-516/16 — Racionalizacion De Tramites. Expedicion De Copias A Costa Del Peticionario · cited 57 timesC-516/162016T-1029/12 · cited 41 timesT-1029/122012SU.068/18 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales Interpuesta Por La Ugpp. Improcedencia Por Incumplir Requisito De Subsidiariedad. · cited 40 timesSU.068/182018SU.091/16 — Precedente Jurisprudencial Establecido Por La Corte Constitucional En Cuanto A La Motivacion De Los Actos De Retiro De Los Miembros De La Fu · cited 34 timesSU.091/162016
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.