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Tutela ruling (T)June 15, 2004

T-596 de 2004

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa

✓Claimant William Pico Silva Y Otro Vs. Ejercito Nacional Y Otros

✓
Topic · hard data
Derecho A La Informacion Y Salud De Soldado Con Enfermedad Mental. Solicitud Copia Historia Clinica Para Cambio De Ips. Servicio Militar Obligatorio. Restriccion Visitas Y Llamadas De Familiares. Deber De Informacion Medica Oportuna Sobre Paradero Y Estad
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Salud Del Soldado
  • Cubrimiento por el régimen especial a que pertenecen los miembros del ejército nacional
  • Puede cambiar de institución hospitalaria pero limitada a las instituciones de salud del ejército nacional
  • Restricción de visitas y llamadas de familiares
Derecho A La Seguridad Personal De Soldado
  • Vulneración por no suministrarse en forma oportuna ni precisa información sobre su paradero y estado de salud
Derecho A La Intimidad Del Paciente
  • Autorización a su familia para tener acceso a la información médica
Acción De Tutela
  • Carga probatoria es más exigente para los demandados
Derecho A La Vida Y A La Salud
  • Protección por autoridades militares
Derecho De Acceso Al Servicio De Salud
  • Libertad del usuario para escoger la entidad prestadora de salud
Derechos Del Paciente
  • Casos en que la familia tiene acceso inmediato a la información médica
  • Incomunicación del enfermo mental con sus familiares es excepcionalmente justificable
  • Información a los familiares sobre incomunicación del enfermo mental
  • Restricción de la comunicación con familiares requiere estricta carga argumentativa por parte del ordenador del tratamiento
  • Acceso a información médica
Ejercito Nacional
  • No suministro de información oportuna y precisa a familiares de soldado sobre su paradero y estado de salud
9 topics · 14 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (14 points)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá - Sala Penal en el proceso T-859.334, mediante sentencia del diez (10) de diciembre de dos mil tres (2003).
  2. Segundo. ORDENAR a la dirección general del Hospital Militar Central que en el término de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo, le entregue a los padres de Rafael Darío Pico Velandia, o a quien ellos designen, una copia perfectamente legible y actualizada de la historia clínica del paciente.
  3. Se advierte que con la misma rapidez deberán actuar, cada vez que los padres de Rafael Darío Pico Velandia soliciten copias actualizadas y legibles de su historia clínica (Art. 24 del Decreto 2591 de 1991).
  4. Tercero. ORDENAR a la dirección general del Hospital Militar Central que mantenga periódicamente informados a los familiares de Rafael Darío Pico Velandia respecto de la evolución de su enfermedad, del tratamiento que recomiendan aplicar, de las demás opciones de tratamiento médico disponibles y de los riesgos que cada una de éstas conlleva.
  5. Cuarto. ORDENAR a la dirección general del Hospital Militar Central que, en el evento en el que los padres de Rafael Darío soliciten una opinión médica independiente, acerca de la restricción de visitas y llamadas impuestas a su hijo, se le proporcione la información que este médico requiera y se atienda a los cuestionamientos que formule.
  6. Quinto. ORDENAR a la dirección general del Hospital Militar Central que, si por razones médicas, los especialistas tratantes de Rafael Darío Pico Velandia consideran que es indispensable disminuir la frecuencia de las visitas y/o de las llamadas de sus familiares, o que se deben restringir de manera absoluta, deberán informarles de esta situación a sus familiares y deberán explicarles, de manera inteligible, las razones que justifican esta medida y la probable duración de la misma.
  7. Adicionalmente, deberán proporcionarles todos medios necesarios (v.gr. historia clínica, listado de médicos psiquiatras de la institución) para que puedan obtener una segunda opinión médica independiente respecto de la necesidad y conveniencia de adoptar la referida medida de restricción de visitas y llamadas.
  8. Sexto. INFORMAR a la dirección general del Hospital Militar Central, en el caso que los padres de Rafael Darío, o él mismo, cuando recupere cabalmente su capacidad para tomar decisiones, adopten la determinación que el Hospital Militar Central no continúe prestándole el servicio, esta entidad deberá suministrar a la entidad o al especialista que asuma el conocimiento de su caso, toda la información médica recaudada.
  9. Séptimo. PREVENIR al Batallón de Servicios Número Trece de la
  10. Décimo. Tercera Brigada del Ejército Nacional, para que en adelante, siempre les brinde a los familiares de Rafael Darío Pico Velandia, información oportuna y precisa, acerca de su paradero y sobre su estado de salud, teniendo en cuenta las salvedades hechas en esta sentencia frente a los soldados que se encuentren en misión o en combate.
  11. Octavo. ORDENAR al Batallón de Servicios Número Trece de la
  12. Décimo. Tercera Brigada del Ejército Nacional que siempre les informe a los parientes cercanos de Rafael Darío Pico Velandia, de manera inmediata, precisa y a través de sus superiores, las afecciones graves de su salud y el lugar donde ha sido remitido, para que de esta manera, sus familiares puedan ponerse al frente de la situación y puedan participar permanentemente en el proceso de toma de decisiones, que la salud del soldado requiera.
  13. Noveno. Líbrese por Secretaria General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, además de remitir copia de la sentencia a la Superintendencia Nacional de Salud y al Ministerio de la Protección Social.
  14. Décimo. ORDENAR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que en aras de garantizar la efectividad de la acción de tutela, notifique este fallo a las partes dentro de los cinco días siguientes a su recepción.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 11cited by 31 →T-596/04T-719/03 — Derechos A La Seguridad Personal Minimo Vital Y Subsistencia De Compañera Superstite E Hijo Menor De Edad De Reinsertado De Las Farc Asesina · cited 331 timesT-719/032003T-596/92 — Derechos De Los Internos. Castigo Carcelario. Carcel Peñas Blancas. Concedida. · cited 229 timesT-596/921992T-762/98 — Der. A La Salud Y A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Tratamiento Especial A Disminuidos Fisicos Y Psiquicos Que Han Prestado El Se · cited 133 timesT-762/981998T-376/97 — Der. A La Vida Y A La Salud. Prestacion De Servicios Medicos Y Asistenciales A Reservista. Accidente Ocurrido Durante El Servicio Militar. C · cited 75 timesT-376/971997T-534/92 — Derecho A La Salud. Servicio Militar. Derecho A La Seguridad Social. Concedida. · cited 66 timesT-534/921992T-393/99 — Der. A La Salud De Los Soldados Que Prestan El Servicio Militar Obligatorio. No Expedicion De Libreta Militar. Cuota De Compensacion Militar · cited 65 timesT-393/991999T-1190/03 — Trabajo En Carceles. Adjudicación De Puesto De Trabajo Para Redimir Pena Y Obtener Recursos Economicos. Doctrina Constitucional Sobre Relaci · cited 42 timesT-1190/032003T-823/02 — Derechos A La Salud Integridad Fisica Vida Libre Desarrollo De La Personalidad Y Libertad De Cultos De Testigo De Jehova. Negativa A Practic · cited 42 timesT-823/022002T-214/14 · cited 40 timesT-214/142014T-247/05 · cited 36 timesT-247/052005T-174/13 · cited 31 timesT-174/132013T-054/14 · cited 30 timesT-054/142014T-603/10 · cited 27 timesT-603/102010T-445/14 · cited 26 timesT-445/142014T-124/07 · cited 26 timesT-124/072007T-374/13 · cited 23 timesT-374/132013
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.