T-588 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Myriam Lemus Benitez Y Otro·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- La interpretación del derecho a la seguridad social deberá ser realizada de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia
- Orden a Fondo de Pensiones reconocer y pagar pensión especial de vejez por hijo en situación de discapacidad
- Requisitos
- Reiteración de jurisprudencia
- Fundamental
- Bloque de constitucionalidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Petición, seguridad social, mínimo vital, vida digna, debido proceso.
Se acumulan expedientes por unidad de materia.
COLPENSIONES negó a los accionantes el reconocimiento y pago de la pensión especial de vejez por hijo en situación de discapacidad, argumentando, en un caso, el incumplimiento de la condición de encontrarse el peticionario laborando al momento de solicitar la prestación y, en el otro, la exigencia a la afiliada de un número de 1200 semanas de cotización.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Contenido y naturaleza jurídica del derecho a la seguridad social. 2º.
La pensión especial de vejez por hijo en situación de discapacidad y, 3º.
Los principios de buena fe, confianza legítima y respeto del acto propio.
Se CONCEDEN las tutelas y se ordena el reconocimiento y pago de la prestación reclamada por los actores.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR la decision adoptada por el Juzgado Cuarenta Civil del Circuito de Bogota el 3 de marzo de 2014, dentro del tramite de la accion de tutela promovida por Luis Eduardo Hernandez Gamboa contra Colpensiones, y en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales de peticion, a la seguridad social, al minimo vital, y a la vida digna (Expediente T-4.314.623).
- SEGUNDO. ORDENAR a Colpensiones que en el termino de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, reconozca la pension especial de vejez por hijo en situacion de discapacidad al senor Luis Eduardo Hernandez Gamboa, (Expediente T-4.314.623) y en un plazo no mayor a treinta (30) dias realice el pago de las mesadas correspondientes, incluyendo aquellas sobre los cuales no haya operado el fenomeno de la prescripcion.
- TERCERO. REVOCAR la decision adoptada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, el 12 de marzo de 2014, dentro del tramite de la accion de tutela promovida por Myriam Lemus Benitez contra Colpensiones, y en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, al minimo vital y al debido proceso (Expediente T-4.327.326).
- CUARTO. ORDENAR a Colpensiones que en el termino de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, reconozca la pension especial de vejez por hijo en situacion de discapacidad a la senora Myriam Lemus Benitez (Expediente T-4.327.326), y en un plazo no mayor a treinta (30) dias realice el pago de las mesadas correspondientes, incluyendo aquellas sobre los cuales no haya operado el fenomeno de la prescripcion.
- QUINTO. Por Secretaria General librese las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.