T-565 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Emiro De Los Reyes·Respondent Ess Comparta Ltda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Fundamental prevalente sobre los derechos de todos los demás
- Vulneración por parte de la entidad demandada por negar tratamiento ordenado por médico no adscrito a EPS, por encontrarse excluido del POS y por no tener convenio con IPS
- Caso en que se niega tratamiento de rehabilitación integral a niña que padece epilepsia refractaria por estar excluido del POS
- Estado debe adelantar políticas de previsión, rehabilitación e integración social para disminuidos físicos, sensoriales y síquicos
- Reiteración de jurisprudencia
- Su concepto prevalece cuando se encuentra en contradicción con el de funcionarios de la EPS y el Comité Técnico Científico
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud, vida digna.
El accionante actúa en representación de su menor hija quien sufre de epilepsia refractaria que le ha ocasionado trastornos de aprendizaje y retardo psicomotor moderado, por lo tanto su neurólogo le ordenó una terapia de rehabilitación integral, el accionante solicita que este tratamiento sea llevado a cabo en la Fundación Funtierra, sin embargo la EPS accionada se ha negado a autorizar el tratamiento en dicha institución alegando que no hace parte de la red prestadora de servicios.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre el derecho fundamental de los niños a la salud, se decide proteger los derechos fundamentales de la menor, y se ordena practicar el tratamiento en la institución mencionada.
Concede.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. REVOCAR en todas sus partes el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Cereté - Córdoba el 11 de Noviembre de 2009, y en su lugar confirmar la Sentencia de Primera Instancia proferida el 31 de julio de 2009 por el Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Cereté, que amparo los derechos fundamentales de la menor Yina Edith García Doria.
- Segundo. ORDENAR a la Cooperativa de Salud Comunitaria EPS-S Comparta Ltda. en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación, inicie el tratamiento de rehabilitación integral con "psicología, terapia ocupacional, terapia física, y terapia de lenguaje, musicoterapia, animal terapia y equinoterapia" a Yina Edith García Doria, ordenado por el Doctor Julio César Villalobos, para que sea practicado en la Fundación Funtierra Rehabilitación IPS Ltda., ubicada en el municipio de Cereté.
- Tercero. AUTORIZAR a EPS-S Comparta Ltda para repetir contra el Fosyga los costos en los que incurra y que en virtud de la regulación no le corresponde asumir. No obstante, el Fosyga no puede pagar a la EPS más del 50% del monto que ésta tenga derecho a repetir.
- Cuarto. El Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Cereté notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Quinto. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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