T-538 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Carlos Abed Toro Ortiz·Respondent Tribunal Administrativo De Cundinamarca, Seccion Primera Subseccion C
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por incumplir requisito de subsidiariedad
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Improcedencia por cuanto accionante no ejerció los medios de defensa judiciales en proceso de nulidad y restablecimiento del derecho
- No requiere sustentación en aplicación del principio de informalidad que rige la acción de tutela
- Jurisprudencia del Consejo de Estado
- Juez debe verificar si ante la existencia de otro medio de defensa judicial, éste es eficaz e idóneo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se atribuye a la autoridad judicial demandada la vulneración de derechos fundamentales como consecuencia de no pronunciarse, en sede de segunda instancia dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho iniciado por el actor, sobre la pretensión atinente a la reparación del daño antijurídico causado por la pérdida de oportunidad en el concurso público y abierto de méritos para el nombramiento de notarios en propiedad y en ingreso a la carrera notarial.
Luego de reiterar doctrina constitucional respecto de la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, se declara la IMPROCEDENCIA del amparo solicitado, por incumplir con el requisito de subsidiariedad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUE
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 25 de agosto de 2016 por el Consejo de Estado -Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta- que, a su vez, confirmó el dictado el 15 de junio de ese mismo año por el Consejo de Estado -Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta- y, en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela promovida por Carlos Abed Toro Ortiz, actuando mediante apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C en Descongestión-, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. Líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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