T-505 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Ruben Sanchez Avella·Respondent La Nacion-Ministerio De Defensa Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Deber excepcional de asumir gastos de transporte
- Reglas jurisprudenciales sobre la prueba
- Reglas jurisprudenciales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud.
En el presente caso el demandante solicita que vía tutela se ordene a la Dirección General de Sanidad Militar que los controles pos trasplante de riñón sean realizados en la ciudad de Duitama por un especialista o, que en su defecto, la entidad asuma los costos de su traslado y los de un acompañante, desde el municipio de Paipa, donde reside, hasta la ciudad de Bogotá, donde fueron ordenados los controles.
La Sala analiza los siguientes tópicos: 1º.
Jurisprudencia vigente relativa al derecho a la salud en los cuales deben incluirse los gastos de traslado al paciente y su acompañante a una ciudad en donde se pueda llevar a cabo la realización del tratamiento prescrito y 2º.
El derecho a la salud en su arista de eficiencia y continuidad frente a la prestación del servicio.
Se CONCEDE la protección solicitada y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el derecho amparado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el 16 de diciembre de 2011 por la Sala Unica de Decision del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, dentro de la accion de tutela instaurada por Ruben Sanchez Avella contra la Nacion, Ministerio de Defensa-Direccion General de Sanidad Militar. En su lugar, CONCEDER la proteccion del derecho a la salud del accionante.
- Segundo. ORDENAR a la Direccion General de Sanidad Militar que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta providencia, asuma los costos de transporte y hospedaje del senor Ruben Sanchez Avella para trasladarse del lugar de su residencia a la ciudad de Bogota, con el fin de recibir el tratamiento ordenado por su medico, o al lugar que se requiera en razon de las citas medicas, remisiones y tratamientos que le sean programados. Teniendo en cuenta lo senalado en esta providencia, debera apropiar los recursos que sean necesarios para que se cubran los gastos que permitan dar continuidad completa al tratamiento medico que se le sigue al actor y de esta manera permitir que pueda alcanzar de la mejor manera un estado de bienestar fisico.
- Tercero. ADVERTIR a la Direccion General de Sanidad Militar que en el futuro debera seguir garantizando la prestacion de los servicios medicos que resulten pertinentes e indispensables para la recuperacion del senor Ruben Sanchez Avella.
- Cuarto. Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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