T-408 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Juvernal, Fermina Y Otros·Respondent Tribunal Administrativo Del Valle Del Cauca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Vulneración del debido proceso por defecto fáctico en la valoración probatoria
- Configuración
- Dimensión negativa y positiva
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En este caso se cuestiona una decisión judicial adoptada en el marco de un proceso de reparación directa instaurado por los actores, por la muerte de un familiar menor de edad, en su criterio por la mala atención médica que le fue brindada en una institución hospitalaria.
Se atribuye a dicho fallo un defecto fáctico por no apreciar las pruebas aportadas al proceso de forma conjunta.
Luego de comprobar el cumplimiento de los requisitos generales de procedibilidad de la acción de tutela contra providencia judicial concluyó la Sala que en este asunto se configuró un defecto fáctico porque en la providencia atacada: (i) se declaró probado un hecho que no emergía con claridad y suficiencia de los medios de prueba que reposaban en el expediente y, (ii) omitir la valoración de pruebas disponibles en el mismo.
Se CONCEDE el amparo invocado, se revoca el fallo cuestionado y se ordena a la autoridad judicial que lo profirió emitir una sentencia de reemplazo, teniendo en cuenta las consideraciones expuestas en la presente decisión.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la providencia proferida en primera instancia por la Subsección A, Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el 15 de diciembre de 2021, y la sentencia de segunda instancia que fue emitida por la Subsección B, Sección Tercera de la misma autoridad judicial, el 7 de marzo de 2022, dentro de la acción de tutela instaurada por Juvenal, Fermina y otros contra el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso de los accionantes.
- SEGUNDO. REVOCAR el fallo de segunda instancia, proferido por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, el 30 de julio de 2021, dentro del trámite del medio de control de reparación directa promovido por Juvenal, Fermina y otros contra el Hospital Raúl Orejuela Bueno ESE, Hospital San Vicente de Paúl de Palmira y Caprecom ARS.
- TERCERO. ORDENAR al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca que, dentro del mes siguiente a la notificación de esta providencia, profiera una sentencia de reemplazo, teniendo en cuenta las consideraciones expuestas en este fallo de tutela.
- CUARTO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del juez de tutela de instancia-, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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