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Tutela ruling (T)July 6, 2022

T-253 de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Beatriz Ramirez·Respondent Direccion De Sanidad Militar Del Ejercito Nacional

✓
Topic · hard data
Derecho A La Salud De Niño En Situación De Discapacidad-Reglas Para Acceder A Servicios De Transporte, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes O Tecnologías Como Pañales, Pañitos Húmedos, Entre Otros
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Salud De Niños Y Niñas Con Discapacidad
  • Orden a la Dirección de Sanidad del Ejército garantizar atención médica de manera integral de acuerdo con los parámetros que establezcan los médicos tratantes
  • Derecho preferente en virtud del principio de integralidad
Derecho A La Salud Y A La Vida Digna
  • Orden a EPS de cubrir gastos de transporte del paciente y de acompañante para asistir a tratamientos médicos que se realizan en lugares diferentes a los de residencia
Suministro De Tecnologias Y Servicios Incluidos En El Plan De Beneficios En Salud
  • Procedencia de la tutela para amparar el derecho al diagnóstico ante ausencia de prescripción médica y pruebas que permitan evidenciar su necesidad
Suministro De Insumos, Servicios Y Tecnologias Excluidos Del Plan De Beneficios En Salud
  • Subreglas para el suministro de pañitos húmedos, ya que se encuentran expresamente excluidos
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
Derecho A La Salud Y A La Vida Digna Del Menor
  • Orden a EPS suministrar pañales desechables
Servicio Publico De Salud
  • Continuidad, oportunidad e integralidad acorde con la dignidad humana
Derecho A La Salud Del Menor
  • Continuidad de tratamiento médico
Niños Y Niñas Con Discapacidad
  • Sujetos de especial protección constitucional
Plan De Beneficios En Salud
  • Todo servicio o medicamento que no esté expresamente excluido, se entiende incluido
Accesibilidad A Servicios Médicos Requeridos Con Necesidad
  • En caso de no existir orden de médico tratante se protege la salud en la faceta de diagnóstico
19 topics · 20 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La accionante, actuando como representante legal de un hijo menor de edad que sufre de parálisis cerebral, entre otras delicadas y complejas patologías, alega que las entidades cuestionadas vulneraron derechos fundamentales del niño, al incurrir en las siguientes conductas: a). no brindar atención médica integral y realizar terapias domiciliarias, dado que por la crisis sanitaria causada por el COVID-19 el menor no puede acudir al lugar en el que normalmente recibe las mismas; b). no entregar los elementos nutricionales prescritos el médico tratante; c). no entregar los pañales y pañitos húmedos también ordenados por el galeno y; d) no cubrir los gastos de desplazamiento y viáticos representado y de su acompañante a la ciudad de Bogotá, para recibir la atención médica especializada que requiere.

Se analiza temática relacionada con: 1º.

El derecho a la atención médica integral de menores en situación de discapacidad, en especial en cuanto atañe a la continuidad de tratamientos médicos. 2º.

La prestación de servicios y el suministro de tecnologías en salud, particularmente de pañales y pañitos húmedos a los pacientes menores de edad, cuando son prescritos por su médico tratante. 3º.

El desplazamiento del paciente menor de edad y su acompañante al lugar en el cual prestar servicios médicos, cuando éste es diferente a su ciudad de residencia, al igual que los gastos de hospedaje y alimentación.

Se declaró la carencia actual de objeto por hecho superado, en lo relativo a la solicitud del elemento nutricional requerido.

Sobre el particular se hizo una advertencia a la accionada para que, en lo sucesivo, garantice el suministro del mismo cada vez que sea ordenado por el médico, con independencia del convenio que se encuentra vigente para tales fines.

Respecto al suministro de terapias a domicilio la Corte reiteró que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de especial protección constitucional.

Sus derechos son fundamentales y, por expreso mandato constitucional, prevalecen sobre los derechos de los demás.

Con base en lo concedió el amparo en tal sentido y ordenó gestionar lo necesario para que al menor continúe de forma domiciliaria con su plan integral de rehabilitación.

En relación con los pañales desechables se ordenó una valoración médica para determinar las características, cantidad y periodicidad de su entrega.

Por último y frente a la cobertura del servicio de transporte intermunicipal se precisó que el cubrimiento del mismo es responsabilidad del sistema desde el momento en que autoriza la prestación de un servicio de salud en un municipio distinto a aquel donde vive el usuario y, en tal sentido, se ordena su cubrimiento.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (13 points)
  1. PRIMERO. Por las razones expuestas en la presente providencia, DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO en lo relativo a la solicitud del elemento nutricional en favor del menor de edad JSPR. De igual manera, ADVERTIR a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional para que, en asocio con el Establecimiento de Sanidad Militar respectivo, y en lo sucesivo, garantice el cumplimiento del suministro del elemento nutricional, cada vez que este sea ordenado por el médico tratante, con independencia del convenio que se encuentre vigente para tales fines.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR los ordinales
  3. primero. y
  4. segundo. del fallo de tutela proferido el 10 de agosto de 2020 por el Juzgado
  5. Tercero. Laboral del Circuito de Ibagué, por virtud de los cuales el a quo tuteló el derecho fundamental a la salud del menor de edad JSPR y ordenó al Establecimiento de Sanidad Militar BAS06 que gestionara lo necesario para que el niño JSPR pudiese continuar, de forma domiciliaria, con su plan integral de rehabilitación.
  6. TERCERO. REVOCAR el ordinal
  7. tercero. de la sentencia de tutela del 10 de agosto de 2020 proferida por el Juzgado
  8. Tercero. Laboral del Circuito de Ibagué, mediante el cual denegó la solicitud atinente al "suministro de pañales desechables y viáticos de viaje". En su lugar, ORDENAR a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional, en asocio con el Establecimiento de Sanidad Militar respectivo, que:
  9. a) Una vez sea notificada de la sentencia, programe inmediatamente una valoración médica para determinar las características, la cantidad y el tiempo por el cual se le debe suministrar los pañales desechables al niño JSPR. A la postre, tendrá que autorizar su suministro en un plazo no mayor a las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la fecha de la nueva prescripción médica.
  10. b) En lo sucesivo, siempre que el niño JSPR deba atender servicios de salud en municipios distintos a su lugar de residencia, deberá cubrir los gastos de transporte intermunicipal del menor de edad y de su acompañante, ida y regreso, desde la ciudad de Ibagué hasta cualquier otra ciudad en la que el niño deba recibir atención médica.
  11. c) Finalmente, cada vez que para garantizar el nivel más alto de salud del niño JSPR sea imprescindible que éste permanezca más de un día en el lugar donde los procedimientos médicos deben ser realizados, deberá reconocer los gastos de hospedaje y alimentación respectivos tanto al menor de edad como a su acompañante.
  12. QUINTO. Por las razones anteriormente expuestas, ABSTENERSE de ordenar el suministro de pañitos húmedos prescritos por el médico tratante.
  13. SEXTO. Por Secretaría General líbrese las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 113cited by 19 →T-253/22T-760/08 — · cited 1,339 timesT-760/082008SU.819/99 — Derecho A La Salud. Der A La Vida. Tratamiento Medico En El Exterior Transplante De Medula. Minsalud Colmena Salud E.P.S. Mandamientos Para · cited 749 timesSU.819/991999T-1316/01 — Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De E · cited 672 timesT-1316/012001SU.522/19 — Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situacion Sobreviniente-Accionante Decidió Voluntariamente Someterse A La Jep · cited 367 timesSU.522/192019C-313/14 — Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Derecho Fundamental A La Salud · cited 351 timesC-313/142014T-106/93 — Derecho Al Trabajo. Ingenieria Pesquera. Concedida. · cited 349 timesT-106/931993T-170/09 · cited 292 timesT-170/092009T-533/09 — · cited 282 timesT-533/092009T-017/23 — Integralidad Del Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes Que Padecen Enfermedades Huérfanas-Reglas Para Acceder A Servicios, Insum · cited 16 timesT-017/232023T-583/23 — Derechos A La Salud, Vida Digna Y Al Cuidado De Niños, Niñas Y Adolescentes-Servicio De Cuidador Y Garantía De Tratamiento Integral Para Men · cited 11 timesT-583/232023T-226/23 — Principios De Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios De Transporte (Urbano/Intermunicipal), Alojamiento, Ali · cited 7 timesT-226/232023T-399/23 — Derecho A La Salud En Su Faceta De Diagnóstico De Personas De Personas En Situación Discapacidad Para Determinar Si Se Requiere Servicio De · cited 6 timesT-399/232023T-021/24 — Derecho A La Salud Y Educación Inclusiva De Niños, Niñas Y Adolescentes En Situación De Discapacidad-Suministro De Acompañamiento Terapéutic · cited 5 timesT-021/242024T-582/23 — Derechos A La Vida, Integridad Personal, Salud, Educación Y Petición-Vulneración Por Falta De Respuesta A La Solicitud De Mantenimiento De P · cited 5 timesT-582/232023T-558/23 — Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes- Vulneración Por Demora En La Entrega De Medicamentos Y Orden De Tratamiento Integral Para · cited 5 timesT-558/232023T-351/24 — Accesibilidad, Continuidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Consultas Especializadas, Servicios, Medicamentos Y Tecnologías Or · cited 3 timesT-351/242024
constitutional review unification tutela
Cited by19
T-510/24Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes Que Padecen Enfermedades Huérfanas (Distrofia Muscular De Duchenne)-Reglas Para Acceder A Servicios, Insumos, Tecnologías (Tratamiento Integral) Y Deberes De Los Pacientes.T-461/24Accesibilidad, Continuidad E Integralidad Del Derecho A La Salud Y Vida Digna-Acceso A Servicios Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante (Transporte Urbano/Intermunicipal, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes)T-446/24Derechos A La Salud, Vida Digna Y Seguridad Social- Suministro Del Servicio De Cuidador Para Pacientes En Condición De Discapacidad. Reglas Jurisprudenciales. Enfoque De Género (Trabajo Asignado En La Familia A Las Mujeres).T-407/24Accesibilidad, Continuidad E Integralidad Del Derecho A La Salud Y Vida Digna-Acceso A Servicios Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante (Transporte Urbano/Intermunicipal, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes)T-377/24Derecho A La Salud Y A La Vida Digna De Adulto Mayor-Accesibilidad, Oportunidad, Continuidad E Integralidad De Los Servicios, Insumos, Medicamentos Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante. Reiteración Jurisprudencial.T-351/24Accesibilidad, Continuidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Consultas Especializadas, Servicios, Medicamentos Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante (Prótesis, Órtesis, Cardiología, Pañales, Exoneración De Copagos Y Cuotas Recuperadoras, Entre Otros).
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