T-479 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Deisi Paola Jurado Y Otras·Respondent Establecimiento Penitenciario Y Carcelario De Pasto
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Normas prohíben el uso de productos de tabaco en lugares cerrados
- Marco jurídico
- Derecho al ejercicio físico de mujeres privadas de la libertad, en una zona al aire libre
- Vulneración por establecimiento carcelario, al no ofrecer un espacio al aire libre donde puedan fumar y hacer ejercicio físico las internas
- Orden a establecimiento carcelario garantice, con efectos inter comunis, el acceso y disfrute a un espacio al aire libre para realizar ejercicio físico y c
- Facultad de fallar extra y ultra petita
- Caso en que establecimiento carcelario no cuenta con espacio al aire libre para que internas puedan fumar y hacer ejercicio
- Aplicación del test de igualdad
- Caso en que establecimiento carcelario en el pabellón de hombres se permite la venta y consumo de cigarrillo, y en el caso del pabellón de mujeres está prohibido
- Garantía y respeto de derechos fundamentales del interno
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Las accionantes se encuentran privadas de la libertad en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Pasto.
Instauran la acción de tutela buscando la protección de sus derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la igualdad, los cuales consideran vulnerados en tanto en el mencionado establecimiento el pabellón de hombres cuenta con seis patios al aire libre para que ellos puedan, además de desarrollar actividades deportivas y recreativas, tener la libertad de expender y fumar cigarrillos; mientras que en el pabellón de mujeres no hay ninguna zona de estas zonas y, en consecuencia, tienen prohibido ejecutar las mismas actividades.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Las personas que se encuentran en detención intramuros y el deber de proteger y garantizar sus derechos fundamentales. 2º.
Los derechos al libre desarrollo de la personalidad y la igualdad de las personas privadas de la libertad y, 3º.
El marco jurídico sobre el uso y consumo del cigarrillo en Colombia.
Se TUTELAN los derechos invocados, se ordena al accionado garantizar, con efectos inter comunis a todas las reclusas de ese establecimiento, el acceso y disfrute a un espacio al aire libre, en la cancha del personal administrativo adyacente al pabellón de mujeres.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el diecinueve (19) de febrero de dos mil quince (2015), por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de San Juan de Pasto, dentro del trámite de la acción de tutela interpuesta por Deisi Paola Jurado y sesenta y una (61) personas más contra el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Pasto, que negó el amparo de los derechos fundamentales invocados, para en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la igualdad de las accionantes.
- SEGUNDO. ORDENAR al Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Pasto, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, garantice con efectos inter comunis a todas la reclusas de este establecimiento el acceso y disfrute a un espacio al aire libre, en la cancha del personal administrativo adyacente al pabellón de mujeres.
- TERCERO. ORDENAR al Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Pasto, que para el cumplimiento de la orden referida en el numeral anterior, deberá adecuar y establecer un horario para el acceso a la cancha referida, entre el personal administrativo y las internas de este establecimiento. Para ello, se tendrá en cuenta, además de las normas previstas en el reglamento interno, que el tiempo asignado a las internas sea el mismo otorgado a los hombres y, la conformación de los grupos para acceder a este espacio, con el fin de proteger los derechos fundamentales de las personas no fumadoras.
- CUARTO. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.