T-124 de 1998
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Martínez Caballero
✓Claimant Ana Mercedes Diaz Blanco
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Hecho consumado
- Limitación legítima
- Labor de orientación respecto a la presentación personal
- Establecimiento de procedimientos que permita a los jóvenes el derecho a disentir
- Proporcionalidad en imponer sanciones por razones de cabello largo
- No puede desconocer principios que emanan de la Constitución
- Aplicación
- Objetivo
- Alcance
- Reglamento de convivencia y libre desarrollo de la personalidad
- Procedimientos para disentir de las normas educativas
- Derecho-deber
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Se CONFIRMA el fallo segunda instancia en lo que concierne a la no violación del derecho al libre desarrollo de la personalidad del joven Otto Vladimir Sanabria Díaz.
- Segundo. Por las razones expuestas anteriormente, se hace un LLAMADO A PREVENCIÓN al Colegio Externado Nacional Camilo Torres para que con el fin de garantizar la protección constitucional de los adolescentes, su formación integral y el acceso eficiente a una educación que les permita la participación real y la expresión de la diferencia sin discriminación alguna, se proceda a la creación dentro de la institución, de mecanismos de debate y participación que incorporados al manual de convivencia, garanticen la expresión y la critica por parte de la totalidad, mayoría, minoría o de uno solo de sus estudiantes, de las normas del manual de convivencia que los rige y la posible modificación, complementación o permanencia de las mismas, de conformidad con la confrontación y la expresión de la comunidad educativa.
- Tercero. Teniendo en cuenta que frente a la violación del debido proceso y el derecho a la educación la acción de tutela es improcedente por existir un hecho consumado, se PREVIENE al Colegio Nacional Externado Camilo Torres para que en lo sucesivo se abstenga de fijar sanciones en contra de los estudiantes que no se ciñan estrictamente al proceso consignado en el manual de convivencia y se ABSTENGA de impedir el acceso a clase por las razones que motivaron esta acción de tutela.
- Cuarto. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.