T-850 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Martha Lucia Alvarez De Alvarez Vs. Iss Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Derecho a decidir cuál tratamiento médico le conviene más independientemente del estado mental
- Alcance frente al interés social y del Estado en preservar la salud
- Libertad para tener hijos y constituir una familia
- Relación existente con limitaciones mentales
- Esterilización o tubectomía
- Posibilidad de desarrollar capacidades para ejercer la maternidad en el futuro
- Ponderación en preservar condiciones físicas necesarias para tomar decisiones autónomas
- Medida y límites
- Límite a la protección del Estado
- Protección del Estado
- Personas en circunstancias de debilidad manifiesta
- Convocatoria de especialistas para evaluar opciones médicas favorables al manejo de la sexualidad
- Programa de educación especial para ejercer la sexualidad y la maternidad de personas con condiciones mentales específicas
- Alcance
- Características
- Eventos en los cuales se considera fundamental
- Protección por tutela para lograr mejoría o evitar un daño significativo
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia de única instancia proferida el cuatro (4) de abril de 2001, por el Juzgado
- Tercero. Laboral de Medellín, especificando que la orden impartida en el numeral
- segundo. de dicha providencia consiste en ORDENAR al Instituto de los Seguros Sociales - EPS - que, dentro del término de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la presente sentencia, convoque un equipo de médicos especialistas en neurología, psiquiatría y ginecología, a fin de que, dentro del mismo término, evalúen las diversas opciones médicas a las que se puede acudir en procura de preservar al máximo las condiciones físicas necesarias para que María Catalina pueda adoptar decisiones autónomas en relación con el manejo de su sexualidad, descartando aquellas opciones que tengan carácter quirúrgico y definitivo y que resulten inadecuadas a su condición de salud y al tratamiento que actualmente recibe para controlar la epilepsia que padece.
- SEGUNDO. ADICIONAR la Sentencia de instancia en el sentido de ORDENAR al Seguro Social E.P.S. incorporar a la mayor brevedad posible a María Catalina Alvarez en un programa de educación especial de acuerdo con sus necesidades, en el cual se le imparta la educación sexual y reproductiva adecuada para las personas con sus condiciones mentales específicas, tendiente a capacitarla para ejercer su sexualidad y de las repercusiones de la maternidad, de acuerdo con su condición, intereses y capacidades. Los trámites para la incorporación de María Catalina Alvarez en un programa de educación especial deberán iniciarse dentro de los dos días hábiles siguientes a la notificación de la presente Sentencia. María Catalina Alvarez deberá estar incorporada en tal programa a más tardar dos (2) meses después de que la misma sea notificada a la autoridad correspondiente.
- TERCERO. Para tal efecto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Seccional Antioquia deberá VIGILAR el cumplimiento de lo aquí establecido, e INFORMAR de ello a la juez de instancia, Juez
- Tercero. Laboral del Circuito de Medellín, quien ordenará lo necesario para su cabal cumplimiento.
- CUARTO. AUTORIZAR al Instituto de los Seguros Sociales - EPS - para que solicite al Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud Fosyga el reembolso de los recursos que destine a actividades y procedimientos contenidos dentro del tratamiento que prestará a María Catalina Alvarez, que no se encuentren dentro de sus obligaciones corrientes como empresa promotora de salud.
- QUINTO. REMITIR copias de la presente providencia al Instituto Medicina Legal y Ciencias Forenses, Seccional Antioquia, Siquiatría Forense; al Instituto Medicina Legal y Ciencias Forenses, Dirección Regional Bogotá, Grupo de Clínica Forense; al Seguro Social E.P.S. Seccional Antioquia; y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Medellín.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.