T-475 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Ana Isabel Sanchez Romeo Y Karina Ester Freyle Torres·Respondent Saludcoop Y Salud Total E.P.S, Respectivamente
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reiteración de jurisprudencia
- Requisitos para el reconocimiento y pago
- Evolución jurisprudencial en relación con el pago completo o proporcional según las semanas cotizadas durante el periodo de gestación
- Inaplicación del período mínimo de cotización como mecanismo de protección constitucional
- Reconocimiento y pago
- Pago de licencia de maternidad proporcionalmente a las semanas cotizadas
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derechos al minimo vital y a la dignidad humana cuyo amparo reclaman afiliadas a la empresas demanda a quienes les fue negado el reconocimiento de sendas prestaciones por licencia de maternidad. <br>se volvio sobre la jurisprudencia que ha fortalecido la idea del raigambre fundamental de este derecho, con base en lo cual se fijaron una subreglas para el reconocimiento de tal prestacion en situaciones exceptivas que se sintetizan de la siguiente forma: (i) si el tiempo no cotizado equivale a menos del dos meses del periodo de gestacion, el pago debe ser completo; (ii) si excedio este plazo, el pago debe hacerse en proporcion al lapso efectivamente cotizado. <br>dado que se encontraron cumplidos los requisitos generales de procedencia para casos de este tipo, y en vista de que ambas mujeres dejaron de cotizar durante el periodo de embarazo por un tiempo superior a 10 semanas, se ordeno el pago proporcional de las respectivas licencias. <br>concedidas.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia dictada por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Villavicencio, el 3 de diciembre de 2008, que nego la tutela de los derechos fundamentales invocados por la senora Ana Isabel Sanchez Romero, y CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Villavicencio, el 16 de septiembre de 2008, con las precisiones hechas en esta providencia.
- SEGUNDO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Santa Marta, de fecha 5 de noviembre de 2008, que nego la tutela de los derechos fundamentales invocados por la senora Karina Ester Freyle Torres; e igualmente la sentencia emitida en el mismo caso por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Santa Marta, de fecha 16 de enero de 2009, por medio de la cual se confirmo el fallo de primera instancia. En su lugar, CONCEDER, por las razones y en los terminos de esta sentencia, el amparo de los derechos fundamentales al minimo vital y a la dignidad de la senora Karina Ester Freyle Torres y de su hija recien nacida Maria Jose Echeverria Freyle.
- TERCERO. ORDENAR a SaludCoop E.P.S., que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, si aun no lo hubiere hecho, proceda a reconocer y pagar a la senora Ana Isabel Sanchez Romero su licencia de maternidad de modo proporcional a las semanas efectivamente cotizadas respecto de su periodo de gestacion con fundamento en el monto que servia de base de cotizacion al momento del nacimiento de su hijo, pudiendo repetir por dicha suma contra el Fondo de Solidaridad y Garantia -FOSYGA-.
- CUARTO. ORDENAR a Salud Total E.P.S., que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, si aun no lo hubiere hecho, proceda a reconocer y pagar a la senora Karina Ester Freyle Torres su licencia de maternidad de modo proporcional a las semanas efectivamente cotizadas respecto de su periodo de gestacion con fundamento en el monto que servia de base de cotizacion al momento del nacimiento de su hija, pudiendo repetir por dicha suma contra el Fondo de Solidaridad y Garantia -FOSYGA-.
- QUINTO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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