T-434 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Nohora Judith Patricia Ramirez De Bonilla·Respondent Tribunal Administrativo Del Tolima Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto la autoridad judicial valoró de manera adecuada el material probatorio
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Libertad probatoria
- Contenido y alcance
- Deber de apreciar las pruebas en conjunto
- Improcedencia general de tutela para controvertir interpretaciones judiciales
- Interpretación y apreciación de la prueba
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, defensa, igualdad, buen nombre.
La accionante fue elegida como Diputada de la Asamblea Departamental del Tolima, se instauró una acción contencioso administrativa solicitando la nulidad del Acta General de Escrutinio Departamental, invocando como causal, una unión marital de la accionante con el señor Fernando Lozada Acosta, Alcalde del municipio de Armero Tolima, el Tribuna Administrativo del Tolima declaró la nulidad del Acta General de Escrutinio Departamental y la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado confirmo la decisión impugnada, la accionante considera que se incurrieron en defectos sustantivos, orgánicos, procedimentales y fácticos, ya que las pruebas aportadas no evidencian el cumplimiento de los presupuestos para la comprobación de la unión marital de hecho, y se valoraron indebidamente los documentos allegados al proceso.
La Sala pasa a estudiar la procedencia de la acción de tutela contra decisiones judiciales, la valoración probatoria en materia contencioso administrativa, la libertad probatoria para demostrar la existencia de relaciones parentales en materia civil y contencioso administrativa, tratándose de situaciones generadoras de inhabilidades o incompatibilidades, se concluye que las decisiones atacadas, no afectaron el debido proceso ni las demás garantías invocadas, simplemente que la valoración dada a las pruebas aportadas por la accionante no fue la deseada por ella, y esto no comporta una arbitrariedad en la apreciación judicial, se considera improcedente en este caso la acción instaurada.
Niega.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de noviembre 26 de 2008, proferida por la Seccion Primera del Consejo de Estado, por medio de la cual declaro improcedente la accion de tutela instaurada por la senora Nohora Judith Patricia Ramirez de Bonilla, contra el Tribunal Administrativo del Tolima y la Seccion Quinta del Consejo de Estado.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.