T-323 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alfredo Beltrán Sierra
✓Claimant Alfonso Jesus Ramon Ospina Y Otros Vs. Granahorrar S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Posición dominante
- No debe abusar de su posición dominante
- Modificación unilateral reliquidación crédito hipotecario
- Respuesta sobre condiciones exactas del crédito
- Procedencia
- Vulneración de Granahorrar al solicitar saldo después de expedido el paz y salvo
- Control y vigilancia de entidades financieras para evitar abuso a usuarios
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, Sala Civil, en la accion de tutela instaurada por Alfonso Jesus Ramon Ospina Espitia, el 7 de noviembre de 2002, en su lugar, se CONCEDE el amparo constitucional solicitado.
- Segundo. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Treinta y Nueve Civil del Circuito de Bogota, el 3 de diciembre de 2002, en la accion de tutela instaurada por Ana Thelma Arrieta Gerena, en su lugar, se CONCEDE el amparo constitucional solicitado.
- Tercero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, Sala Penal, en la accion de tutela instaurada por Alvaro Franco Nino y Ana Lucia de los Rios Moreno, el 1 de noviembre de 2002, en su lugar, se CONCEDE el amparo solicitado.
- Cuarto. ORDENAR al Banco Granahorrar S.A., que en el termino de las 48 horas siguientes a la notificacion de la esta providencia, inicie los tramites necesarios para cancelar los creditos y levantar el gravamen hipotecario que pesa sobre los inmuebles del senor Alfonso Jesus Ramon Ospina Espitia (T-680286), y de la senora Ana Thelma Arrieta Gerena (T-690441).
- Quinto. ORDENAR al Banco Granahorrar S.A., que una vez le sea notificada la presente sentencia, en forma inmediata suspenda el cobro de dinero que esta exigiendo a los senores Alvaro Franco Nino y Ana Lucia de los Rios (T-690449).
- Sexto. ORDENAR al Banco Granahorrar S.A., que en el evento de que haya realizado algun reporte por mora, en relacion con las obligaciones hipotecarias de los accionantes, a las centrales de riesgo financiero y comercial, expida las correspondientes certificaciones de paz y salvo, a fin de que sea corregida la informacion reportada.
- Septimo. SOLICITAR a la Superintendencia Bancaria que en ejercicio de la plenitud de sus funciones constitucionales y legales, adopte las medidas correctivas o sancionatorias a que haya lugar, con el fin de prevenir que asuntos como el planteado en la presente accion de tutela, sigan teniendo ocurrencia. Adicionalmente, solicitar a la citada entidad, la verificacion del cumplimiento de las ordenes dadas en la presente sentencia.
- Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.